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Boletín Pesquero N° 43 – septiembre 2017

Pesquero

VEDAS Y AUTORIZACIONES

  1. Autorizan al IMARPE la ejecución de Pesca Exploratoria del recurso pejerrey con la participación de embarcaciones pesqueras artesanales.-

Mediante Resolución Ministerial No. 404-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar a IMARPE la ejecución de una Pesca Exploratoria del recurso pejerrey (Odontesthes regia), con la participación de embarcaciones pesqueras artesanales, por un período de tres (03) días calendarios, en las áreas marítimas que comprende las zonas de Chimbote (09°04’15”S – 78°35’27”O), Huacho (11°06’S – 77°36’O), Callao (12°02’00”S – 77°08’00”O), Pisco (13°42’36”S -76°12’12”O) y Camaná (16°37’25”S – 74°42’37”O), con la participación de dos (02) embarcaciones artesanales por cada zona de pesca.

Mediante la misma Resolución, se establecieron las condiciones para la realización de la actividad exploratoria, el monitoreo de IMARPE, las medidas de conservación y control y las infracciones y sanciones aplicables al incumplimiento de lo dispuesto en la norma.

  1. Autorizan al IMARPE la ejecución de Pesca Exploratoria del recurso merluza realizada por embarcaciones artesanales.-

Mediante Resolución Ministerial No. 405-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar a IMARPE la ejecución de una Pesca Exploratoria del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), realizada por embarcaciones artesanales, en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 7°00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la Resolución Ministerial hasta el término del período de vigencia de la veda reproductiva del recurso Merluza, aprobada por Resolución Ministerial No. 383-2017-PRODUCE.

Mediante la misma Resolución, se establecieron las condiciones para la realización de la actividad exploratoria, el monitoreo de IMARPE, las medidas de conservación y control y las infracciones y sanciones aplicables al incumplimiento de lo dispuesto en la norma.

III. Autorizan al IMARPE la ejecución de la Operación EUREKA LXX, con la participación de embarcaciones pesqueras.-

Mediante Resolución Ministerial No. 429-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar al IMARPE, la ejecución de la Operación EUREKA LXX con la participación de embarcaciones pesqueras en el área marítima comprendida entre los 04°45’S hasta los 15°21’S y desde la línea de costa hasta las 120 millas náuticas, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la Resolución Ministerial por un período de tres (03) días. Asimismo, se dispuso que el IMARPE pueda modificar la fecha de inicio y duración de la Operación EUREKA LXX ante la ocurrencia de situaciones excepcionales que afecten su ejecución.

Mediante la misma Resolución, se establecieron las condiciones para la realización de la actividad y las infracciones y sanciones aplicables al incumplimiento de lo dispuesto en la norma.

  1. Autorizan al IMARPE la pesca exploratoria del recurso bacalao de profundidad, con la participación de embarcaciones pesqueras.-

Mediante Resolución Ministerial No. 430-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar al IMARPE la pesca exploratoria del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides), en el ámbito marítimo peruano, con la participación de seis (06) embarcaciones de menor escala, cada embarcación desarrollará dos (02) mareas de pesca en los sesenta (60) días subsiguientes a la publicación de la Resolución Ministerial.

Mediante la misma Resolución, se establecieron las condiciones para la realización de la actividad exploratoria, el monitoreo de IMARPE, las medidas de conservación y control y las infracciones y sanciones aplicables al incumplimiento de lo dispuesto en la norma.

  1. Autorizan al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XXVI y dictan diversas disposiciones.-

Mediante Resolución Ministerial No. 439-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar al IMARPE, la ejecución de la Operación Merluza XXVI, a partir de las 00:00 horas del 26 de septiembre hasta las 23:59 horas del 28 de septiembre de 2017, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03°24’ LS) y Pimentel (07°00’ LS), con la participación de siete (07) embarcaciones pesqueras titulares y dos (02) suplentes que cuenten con permiso de pesca vigente y operen bajo el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus), establecido por Resolución Ministerial N° 308-2017-PRODUCE.

  1. Modifican la R.M. N° 329-2017-PRODUCE en el extremo del período de veda para la pesquería del atún correspondiente al año 2017.-

Mediante Resolución Ministerial No. 446-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27 de septiembre de 2017, se dispuso modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 329-2017-PRODUCE, con la finalidad de prohibir la extracción efectuada por embarcaciones de cerco de clase 4 a 6 de capacidad de la CIAT (mayores de 182 toneladas de capacidad de acarreo) que enarbolan el pabellón peruano, en el Océano Pacífico Oriental – (OPO), de acuerdo a periodos establecidos por embarcación.

VII. Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta realizado por la flota artesanal y de menor escala en área marítima y otras disposiciones.-

Mediante Resolución Ministerial No. 452-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de septiembre de 2017, se dispuso suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta realizado por la flota artesanal y de menor escala en el área marítima comprendida entre los 09°00’ y 09°20’ LS, y de la línea de costa a la 1.5 milla marina de la línea de base, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la Resolución Ministerial.

Asimismo, se dispuso autorizar al IMARPE la ejecución de una Pesca Exploratoria de recursos costeros capturados por la pesca artesanal y de menor escala con autorización para extraer anchoveta para consumo humano directo en zonas de bahías, por un período de tres (03) meses contado a partir de las 00:00 horas del séptimo día hábil de publicada la Resolución Ministerial, en el área marítima comprendida entre los 09°00´y 09°20´LS y a partir de 1.5 millas de mar adentro contados desde fuera de la bahía, según mapa explicativo de anexo 1.

VIII. Modifican los “Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur”, aprobados por R.M. Nº 262-2016-PRODUCE, y derogan la R.M. Nº 392-2016-PRODUCE, que estableció la fórmula para asignar la cuota de jurel.-

Mediante Resolución Ministerial No. 453-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de septiembre de 2017, se dispuso modificar diversas disposiciones de los Lineamientos con la finalidad del óptimo aprovechamiento económico y social de la cuota de jurel de alta mar asignado al Perú por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP – PS) correspondiente al año 2017.

NORMATIVA GENERAL

  1. Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el D.S. N° 006-2016-PRODUCE, con el cual se establecen disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas, en el Portal Institucional del Ministerio.-

Mediante Resolución Ministerial No. 409-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo No. 006-2016-PRODUCE, con el cual se establecen disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, así como la correspondiente exposición de motivos y ayuda memoria, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de treinta (30) días hábiles contado desde el día siguiente de la publicación de la presente norma.

  1. Ratifican el “Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada”.-

Mediante Decreto Supremo No. 040-2017-RE, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso ratificar el “Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada” adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en su 36º período de sesiones, llevada a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, y suscrito por el Perú el 3 de marzo de 2010, y aprobado por Resolución Legislativa No. 30591 del 16 de junio de 2017.

III. Decreto Supremo que dispone medida de aplazamiento para el pago de multas administrativas.-

Mediante Decreto Supremo No. 013-2017-PRODUCE, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 9 de septiembre de 2017, se dispuso la aprobación del Decreto Supremo con la finalidad de disponer como medida excepcional el otorgamiento del aplazamiento del pago de multas administrativas impuestas por infracción a la normativa pesquera y acuícola a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma.

  1. Modifican el Plan de Manejo para el cultivo de Tilapia en ambientes artificiales en el departamento de San Martín.-

Mediante Resolución Ministerial No. 401-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de septiembre de 2017, se dispuso modificar el Plan de Manejo para el cultivo de Tilapia en ambientes artificiales en el departamento de San Martín, aprobado por Resolución Ministerial No. 140-2016-PRODUCE.

Asimismo, se dispuso que fueran el Ministerio de la Producción y la Dirección Regional de la Producción o la que haga sus veces del Gobierno Regional de San Martín, en el ámbito de sus respectivas competencias, quienes velen por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial.

  1. Disponen publicar proyecto de Reglamento de la Ley No. 30636, que crea el Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales, del Decreto Supremo que lo aprueba y de su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio.-

Mediante Resolución Ministerial No. 435-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de septiembre de 2017, se dispuso la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley No. 30636, que crea el Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales, del Decreto Supremo que lo aprueba y de su Exposición de Motivos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de treinta (30) días hábiles, contado desde la publicación de la presente norma.

  1. Establecen zonas de fondeaderos o amarres para las distintas clases de naves que arriben al puerto del Callao y dictan diversas disposiciones.-

Mediante Resolución Ministerial No. 0785-2017-MGP/DGCG, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 29 de septiembre de 2017, se dispuso establecer zonas de fondeaderos o amarres para las distintas clases de naves que arriben al puerto del Callao, de acuerdo al detalle del anexo de la norma. Asimismo, se dispuso establecer como zonas prohibidas a la navegación, operación de pesca, extracción, prácticas deportivas y de recreo para cualquier tipo de nave y/o embarcación en los fondeaderos del anexo de la norma.

VII. Decreto Supremo que establece la sustitución automática de los niveles de producción establecidos en la Ley No. 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura.-

Mediante Decreto Supremo No. 014-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de septiembre de 2017, se dispuso la sustitución automática de los niveles de producción establecidos en la Ley No. 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, por las categorías productivas acuícolas establecidas en el Decreto Legislativo No. 1195, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Acuicultura.

NOMBRAMIENTOS

  1. Designan al Asesor I de la Jefatura del FONDEPES.-

Mediante Resolución Jefatural No. 065-2017-FONDEPES/J, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 2 de septiembre de 2017, se dispuso la designación a partir del 1 de septiembre de 2017, al señor Paulo César Cervera Alcántara como Asesor I de la Jefatura del FONDEPES.

  1. Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura.-

Mediante Resolución Ministerial No. 393-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 5 de septiembre de 2017, se aprobó aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos Javier Ramírez-Gastón Roe, al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

III. Designan Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 005: “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura”.-

Mediante Resolución Ministerial No. 393-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 5 de septiembre de 2017, se dispuso dar por concluido el encargo de puesto de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 005: “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura”, efectuado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial No. 198-2017-PRODUCE y designar al señor Carlos Javier Ramírez- Gastón Roe en el puesto de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 005: “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura”.

  1. Encargan funciones de la Dirección del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura – CITE pesquero Piura”.-

Mediante Resolución Ministerial No. 403-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 6 de septiembre de 2017, se dispuso dar por concluida la designación de la Directora del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura – CITE pesquero Piura”, efectuada mediante Resolución Ministerial No. 186-2016-PRODUCE y encargar dicho cargo a la señora Melva Elizabeth Pazos Hamm de Munaylla.

  1. Autorizan viaje de profesional del IMARPE a la República Popular China, en comisión de servicios.-

Mediante Resolución Ministerial No. 402-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Enrique Manuel Ramos Vásquez, profesional del IMARPE, a la ciudad de Shanghai, República Popular China, del 18 de setiembre al 01 de octubre de 2017, para participar en el “Fifth Meeting of the Scientific Committee and the preceding Workshop of the South Pacific Regional Fisheries Management Organisation – SPRFMO”, a realizarse ambos en la ciudad de Shanghai, República Popular China, del 20 al 28 de setiembre de 2017.

  1. Autorizan viaje de Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura a la Confederación Suiza, en comisión de servicios.-

Mediante Resolución Ministerial No. 432-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de septiembre de 2017, se dispuso autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Raúl Armando Flores Romaní, Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 al 30 de setiembre de 2017, para participar en un evento sobre “Oportunidades y Retos de la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala en el Comercio Pesquero”, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, el día 27 de setiembre de 2017.

INSTITUCIONAL 

  1. Oficializan el Congreso Internacional “Retos y Desafíos de la Pesca Artesanal Latinoamericana” y el Taller Nacional “Implementación de las Directrices Voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala, en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza”.-

Mediante Decreto Supremo No. 406-2017-EF, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 7 de septiembre de 2017, se dispuso oficializar el Congreso Internacional “Retos y Desafíos de la Pesca Artesanal Latinoamericana” y el Taller Nacional “Implementación de las Directrices Voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala, en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza”, a realizarse los días 07 y 08 de setiembre de 2017, organizado por el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, así como autorizar el uso del logotipo institucional del Ministerio de la Producción en el material que se utilice para la promoción de los eventos oficializados.

  1. Oficializan el “III Simposio Internacional de Pesca y Acuicultura para Consumo Humano”.-

Mediante Resolución Ministerial No. 413-2017-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de septiembre de 2017, se dispuso oficializar el “III Simposio Internacional de Pesca y Acuicultura para Consumo Humano”, a realizarse el 25 de octubre de 2017, organizado por el Comité de Pesca y Acuicultura de la Sociedad Nacional de Industrias.

EQUIPO PESQUERO

Si desea, puede contactar a los miembros de nuestro equipo pesquero.

El contenido del presente informativo está referido a la descripción objetiva de disposiciones legales, informes institucionales del Ministerio de la Producción, así como noticias vinculadas a materia pesquera. No comprende la opinión que Rodrigo, Elías & Medrano Abogados tiene respecto de los mismos, por lo que no puede ser considerado como una fuente de interpretación o absolución de consultas.