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Alerta Ambiental – Julio 2020

Ambiental
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Resolución Ministerial N°129-2020-MINAM, “Modifican el listado  de los proyectos de inversión de la industria manufacturera del Sector Industria”

El 13 de julio, mediante Resolución Ministerial N° 129-2020-MINAM (la “Resolución”), se aprobó modificar el listado de proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”)[1] para la industria manufacturera. Este listado comprende actividades industriales como la de alimentos y bebidas, textil, curtiembre, fabricación de papel, fabricación de productos de madera, de productos minerales, entre otros, haciendo un total de 16 rubros.

Las actividades contenidas en el listado deben obtener una certificación ambiental si cuentan con ciertas características, las mismas que se encuentran contempladas en el propio listado.  Caso contrario, las actividades industriales del listado podrán realizarse sin obtener una certificación ambiental.

Solo a manera de ejemplo, se establece que si una empresa reúsa o recircula más del 50% del total de sus efluentes de procesos industriales, si no realiza el vertimiento de efluentes de procesos industriales a un cuerpo natural de agua, si aprovecha al menos el 15% del material de merma, si no utiliza agua de fuentes naturales, entre otras condiciones establecidas expresamente en la norma bajo comentario, no tendrá que obtener una certificación ambiental para su desarrollo.

Entendemos que esta disposición busca promover el desarrollo de proyectos de inversión que utilicen tecnologías limpias y prácticas ambientales amigables.

Haz click aquí para leer la norma.

[1] Aprobado por Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM, “Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA” y normas modificatorias