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Alerta Laboral – Enero 2023

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Disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19

Hoy se publicó la R.M. N° 031-2023/MINSA (“RM 031”), que aprueba una nueva directiva administrativa para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores frente al COVID-19.

La Directiva trae las siguientes novedades principales:

  • Mantiene la obligación de contar con el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el trabajo”.
  • Ratifica que los empleadores no deben verificar que todos los trabajadores estén vacunados contra el COVID-19 de modo obligatorio sino preferente.
  • Regula el uso obligatorio de mascarillas para los siguientes casos: (i) en puestos de atención al cliente (doble mascarilla); (ii) en los medios de transporte de trabajadores, según la normativa emitida por la Autoridad Nacional de Salud; y, (iii) para trabajadores de salud que laboran en ambientes con muy alto y alto riesgo de exposición al COVID-19.
  • Eliminan la distancia mínima de 1.5m en comedores, ascensores, vestidores y cafetines.
  • Identifica, en el Anexo 2, los factores de riesgo para el COVID-19, como son: personas de edad mayor de 65 años, cáncer, enfermedad renal crónica, enfermedad pulmonar crónica, afecciones cardiacas, DM tipo 1 o 2, obesidad IMC >30, receptor de trasplante de órganos, enfermedad cerebrovascular, hipertensión arterial, síndrome de Down, embarazo e infección por VIH.
  • Dispone que los trabajadores del grupo de riesgo se reincorporan solamente previa evaluación por el servicio de SST. De preferencia, no deben desempeñarse en puestos de alto o muy alto riesgo.
  • Reconoce que el aislamiento de casos sospechosos o confirmados es por un máximo de 10 días, pudiendo extenderse excepcionalmente según la evaluación médica.
  • Elimina el plazo de hasta 6 meses posteriores al parto para que las mujeres gestantes y las que dan lactancia materna realicen trabajo remoto.
  • Elimina los siguientes anexos: (i) equipos de protección personal para puestos de trabajo, (ii) flujograma para evaluar la pertinencia de trabajo presencial, semipresencial o remoto y (iii) recomendaciones para el regreso progresivo de los trabajadores.
  • Eliminan las obligaciones de realizar la vigilancia a la exposición de otros factores de riesgo (ergonómicos o psicosociales), y de contemplar en el Plan Covid-19 medidas de salud mental.

Quedamos a su disposición para cualquier duda o coordinación sobre el particular: Ernesto Cárdenas, Greta Monge y Crisbeth Vigo.