ALERTAS
Disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19
Hoy se publicó la R.M. N° 031-2023/MINSA (“RM 031”), que aprueba una nueva directiva administrativa para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores frente al COVID-19.
La Directiva trae las siguientes novedades principales:
- Mantiene la obligación de contar con el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el trabajo”.
- Ratifica que los empleadores no deben verificar que todos los trabajadores estén vacunados contra el COVID-19 de modo obligatorio sino preferente.
- Regula el uso obligatorio de mascarillas para los siguientes casos: (i) en puestos de atención al cliente (doble mascarilla); (ii) en los medios de transporte de trabajadores, según la normativa emitida por la Autoridad Nacional de Salud; y, (iii) para trabajadores de salud que laboran en ambientes con muy alto y alto riesgo de exposición al COVID-19.
- Eliminan la distancia mínima de 1.5m en comedores, ascensores, vestidores y cafetines.
- Identifica, en el Anexo 2, los factores de riesgo para el COVID-19, como son: personas de edad mayor de 65 años, cáncer, enfermedad renal crónica, enfermedad pulmonar crónica, afecciones cardiacas, DM tipo 1 o 2, obesidad IMC >30, receptor de trasplante de órganos, enfermedad cerebrovascular, hipertensión arterial, síndrome de Down, embarazo e infección por VIH.
- Dispone que los trabajadores del grupo de riesgo se reincorporan solamente previa evaluación por el servicio de SST. De preferencia, no deben desempeñarse en puestos de alto o muy alto riesgo.
- Reconoce que el aislamiento de casos sospechosos o confirmados es por un máximo de 10 días, pudiendo extenderse excepcionalmente según la evaluación médica.
- Elimina el plazo de hasta 6 meses posteriores al parto para que las mujeres gestantes y las que dan lactancia materna realicen trabajo remoto.
- Elimina los siguientes anexos: (i) equipos de protección personal para puestos de trabajo, (ii) flujograma para evaluar la pertinencia de trabajo presencial, semipresencial o remoto y (iii) recomendaciones para el regreso progresivo de los trabajadores.
- Eliminan las obligaciones de realizar la vigilancia a la exposición de otros factores de riesgo (ergonómicos o psicosociales), y de contemplar en el Plan Covid-19 medidas de salud mental.
Quedamos a su disposición para cualquier duda o coordinación sobre el particular: Ernesto Cárdenas, Greta Monge y Crisbeth Vigo.