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Alerta Migratoria – Abril 2020

Migratorio
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La Superintendencia Nacional de Migraciones publicó en sus plataformas digitales que las permanencias y residencias de los extranjeros con trámites migratorios pendientes permanecerán vigentes durante el Estado de Emergencia.

El día de hoy, la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES precisó que, en virtud de la Resolución de Superintendencia Nº 00000104-2020-MIGRACIONES, publicado el 20 de marzo de 2020, ha ampliado los plazos de residencia y permanencia por la declaración de Estado de Emergencia efectuada por el Gobierno peruano.

Las principales disposiciones a tener en cuenta son:

1. Se mantiene vigente la calidad migratoria temporal o residente hasta culminado el Estado Emergencia.

2. Los ciudadanos extranjeros que se encuentran con trámites migratorios pendientes durante el Estado de Emergencia permanecerán como regulares y no acumularán multas o sanciones.

3. Se mantienen suspendidos, desde el 16 de marzo de 2020, los plazos administrativos y multas por exceso de permanencia.

4. Culminado el Estado de Emergencia, los ciudadanos extranjeros podrán regularizar su situación migratoria.

5. Se mantienen suspendidas las órdenes de salida para abandonar, para quienes sus trámites de cambio de calidad migratoria o prórroga han sido denegados.

6. Permanecen extendidos los plazos de permisos especiales otorgados a los extranjeros para que puedan ausentarse del territorio nacional, así como a aquellos que son residentes y se encuentran fuera del país.