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Alerta Regulatoria: Energía y Mina – Enero 2018

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Aporte por Regulación Minero y Energético: Nuevos formularios virtuales para declaración jurada mensual y solicitudes no contenciosas ante OSINERGMIN

El 30 de enero de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución N° 002-2018-OS/CD. Los principales aspectos de dicha norma, vigente desde el día de hoy, se resumen a continuación:

  • Se aprueban los formularios virtuales para la declaración jurada mensual y solicitudes no contenciosas del aporte por regulación al OSINERGMIN. Los formularios aprobados son:

–           Formulario Virtual N° 101: Autoliquidación del aporte por regulación del subsector electricidad.

–           Formulario Virtual N° 102: Autoliquidación del aporte por regulación del subsector hidrocarburos.

–           Formulario Virtual N° 103: Autoliquidación del aporte por regulación del sector minería.

–           Formulario Virtual N° 201: Solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso.

–           Formulario Virtual N° 202: Solicitud de compensación.

–           Formulario Virtual N° 203: Solicitud de prescripción.

–           Formulario Virtual N° 204: Solicitud de acogimiento de gradualidad.

  • Modificación de los artículos 7 (Declaración y pago del Aporte por Regulación), 10.1 (Procedimiento de Devolución de Pagos Indebidos y en Exceso), 11.3 (Procedimiento para la Compensación), 12 (Inscripción, actualización y baja en el Registro de Contribuyentes de OSINERGMIN) y 15 (Autoridad competente para resolver pedidos de prescripción) del Procedimiento de Fiscalización del Aporte por Regulación para los Sectores Energético y Minero (Resolución de Consejo Directivo N° 264-2014-OS/CD).
  • En el caso de la autoliquidación del aporte, la presentación de los formularios virtuales es obligatoria a partir de la facturación del mes de marzo de 2018. Para enero y febrero de 2018 puede optarse entre la presentación por medio de formularios físicos o virtuales.
  • Finalmente, también se incorporan disposiciones referidos al domicilio fiscal, reglas especiales aplicables al tipo de cambio para las operaciones realizadas en moneda extranjera y a la declaración de contribuyentes autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera.

Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (VSattler@estudioridrogo.com) y/o Mariella De La Torre (Mdelatorre@estudiorodrigo.com).