Alerta Regulatoria – Mayo 2023
SE MODIFICA LA LEY DE OBRAS POR IMPUESTOS CON LA FINALIDAD DE IMPULSAR LA INVERSIÓN PRIVADA
El 4 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley N° 31735, a través de la cual se modifican diversos artículos de la Ley N° 29230, “Ley que impulsa la Inversión Pública regional y local con participación del sector privado” (“Ley de Obras por Impuestos”). A través de esta, se busca impulsar la inversión pública bajo el mecanismo de obras por impuestos en distintos proyectos, otorgándole una serie de beneficios adicionales al sector privado.
Dentro de las modificaciones aprobadas a través de la Ley N° 31735, destacan las siguientes:
- Se amplía el objeto de la Ley de Obras por Impuestos, incluyendo la ejecución de proyectos de ejecución pública bajo Inversiones en Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (“IOARR”), IOARR de Emergencia y el mantenimiento de infraestructura que hubiera sido ejecutada bajo obras por impuestos y otra modalidad.
- Se amplía el ámbito de aplicación de los “Certificados de Inversión Pública Regional y Local-Tesoro Público” (“CIPRL”) . Ahora estos pueden ser utilizados, no solo para el pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, sino también para el pago de cualquier otro tributo, deuda u obligación tributaria que sea ingreso del Tesoro Público y administrada por SUNAT.
Asimismo, con la modificación se amplía el monto máximo del Impuesto a la Renta a ser pagado a través de los CIPRL de 50%, como lo era antes de la modificación, al 80% del monto de dicho impuesto.
- La Ley 31735 vuelve todos los CIPRL negociables. Las empresas privadas que sean, a su turno, ejecutoras de proyectos (constructoras) podrán negociar los CIPRL obtenidos.
- Se amplía el límite que establece la Ley de Obras por Impuestos para las variaciones en el monto total del convenio de inversión, el cual pasa del 30% al 50%. Asimismo, se establece que este límite del 50% podrá ser excedido siempre y cuando la obra tenga por finalidad de cuidar la salud, la seguridad o la vida humana.
- Se modifica la regulación del procedimiento de solución de controversias. Se establece que la etapa de Trato Directo tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles. Superado el mismo cualquiera de las partes tendrá expedito su derecho para ir a arbitraje.
- Se crea el Registro de Entidades Privadas Supervisoras y Supervisores para Obras por Impuestos, el cual será adminsitrado por PROINVERSIÓN.
- Se le da prioridad al financiamiento y ejecución de proyectos que tengan por objeto la reducción de la anemia y la desnutrición infantil, así como la construcción de viviendas rurales en zonas de friaje extremo y heladas declarada por el Gobierno.
Para mayor información, por favor contactar a Diana Briones (dbriones@estudiorodrigo.com); Sebastián Heudebert (sheudebert@estudiorodrigo.com) y/o Sebastián Velarde (svelarde@estudiorodrigo.com).