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Alerta Seguros y Reaseguros- Abril 2019

Seguros & Reaseguros
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5Mediante las Resoluciones SBS Nos. 808-2019 y 809-2019 se aprobaron el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizos (el “Reglamento de Inscripción”) y el Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros (el “Reglamento de Supervisión”), respectivamente.  Esas resoluciones introducen cambios relevantes que impactan a los corredores de seguros, principalmente en lo relativo a las obligaciones mínimas frente a los contratantes, asegurados, beneficiarios y terceros interesados.

A continuación señalamos los cambios más importantes:

1. Mayor control por parte de la SBS.- Se ha introducido un criterio de segmentación[1] que será de aplicación a los corredores de seguros, en razón de sus ingresos operativos anuales. Las empresas pertenecientes a ciertos segmentos deberán presentar a la SBS información sobre dividendos o cualquier forma de aplicación de utilidades, y la SBS podrá suspender los respectivos acuerdos de tener observaciones. Asimismo, en ciertos segmentos los corredores deberán implementar prácticas de buen gobierno corporativo así como un Código de Ética y Conducta, sea individual o gremial, señalando los criterios de responsabilidad profesional exigibles.

2. Contratos de Referenciación.- Se regulan los contratos de referenciación, estableciendo su contenido mínimo y la obligación de los corredores de comunicar al contratante los datos del referenciador y de llevar un registro de estos contratos, que estará a disposición de la SBS.

3. Representación del contratante o asegurado.- Se detallan los actos que pueden realizar los corredores de seguros en representación del contratante y/o el asegurado, así como el contenido de la carta de nombramiento, la cual llevará un anexo con las obligaciones de los corredores e información sobre la póliza de responsabilidad civil contratada por los corredores.

4. Contratos de agencia.- Se excluye al contrato de agencia como modalidad para intermediar seguros. Los contratos de agencia actualmente vigentes deben adecuarse al Reglamento de Comercialización de Productos de Seguros, Resolución SBS 1121-2017.

5. Transferencia de cartera.- Se regula la transferencia de cartera entre corredores. Estos deberán comunicar a la SBS la transferencia de cartera a otro corredor dentro de los 20 días hábiles de producida, acompañando copia del acuerdo del órgano societario que aprueba la transferencia.

Nótese que el Reglamento de Registro de Intermediarios, aprobado por Resolución SBS No. 1797-2011, sigue vigente en lo que se refiere a las actividades de supervisión y control hasta que entre en vigor el Reglamento de Supervisión el 01 de agosto de 2019. El Reglamento de Inscripción ya se encuentra vigente.

Segmento 1 – ingreso anual mayor a 10 millones de Soles

 Segmento 2 – ingreso anual mayor a 1 y hasta 10 millones de Soles

 Segmento 3 – ingresos anuales menores a 1 millón de Soles.