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Alerta Tributaria – Febrero 2021

Tributario
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Se establece prórroga de los plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias en departamentos con nivel de alerta extremo y muy alto.- Mediante la Resolución de Superintendencia N° 016-2021/SUNAT, publicada el 2 de febrero de 2021, se establecen nuevas fechas de vencimiento de determinadas obligaciones tributarias:

A) Para los contribuyentes perceptores de rentas de la tercera categoría que en el ejercicio gravable 2020, hubieran obtenido ingresos netos de hasta 2,300 UIT (S/ 9’890,000) o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe; y, cuyo domicilio fiscal se encuentre ubicado en aquellos departamentos clasificados con Nivel de alerta extremo o Nivel de alerta muy alto:

i) Las fechas de vencimiento para la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al mes de enero de 2021 se prorrogan según el siguiente detalle:

ii) Las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos correspondiente al mes de enero de 2021, se prorrogan según el siguiente detalle:

iii) Las prórrogas detalladas son de aplicación a aquellos sujetos inafectos del Impuesto a la Renta distintos al Sector Público Nacional.

iv) Si los contribuyentes señalados en el primer párrafo solicitan la devolución del saldo a favor materia de beneficio luego de la fecha de vencimiento que les correspondía por el periodo de enero y hasta la fecha de vencimiento del periodo febrero, deberán consignar en dicha solicitud como periodo “Enero 2021” y presentar la declaración jurada de este mes.