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Boletín Mercado de Capitales N° 14 – enero y febrero 2017

Mercado de Capitales

A continuación encontrarán las principales disposiciones de interés, así como los proyectos de normas publicadas en enero y febrero:

DISPOSICIONES DE INTERÉS GENERAL

Aprueban modificación de norma sobre contribuciones por los servicios de supervisión que presta la SMV.- Mediante Resolución SMV N°003-2017-SMV/02, publicada el 3 de febrero de 2017, la SMV actualiza ciertos términos contenidos en la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, aprobada por Resolución CONASEV N° 095-2000-EF/94.10, estableciendo que, en la misma, el término “CONASEV” debe entenderse como “SMV” y que “Gerencia de Administración y Finanzas” debe entenderse como “Oficina General de Administración”.

PROYECTOS DE NORMAS

Aprueban difusión en el portal de la SMV proyecto que modifica las normas sobre organización de entidades que requieren autorización de la SMV.- Mediante Resolución SMV N° 004-2017-SMV/01, publicada el 28 de febrero de 2017, la SMV autorizó la difusión del proyecto señalado.

Aprueban difusión en el portal de la SMV del proyecto de Reglamento de Gestión de los Riesgos de Mercado.- Mediante Resolución SMV N° 002-2017-SMV/01, publicada el 3 de febrero de 2017, la SMV autorizó la difusión del proyecto señalado (*).

Aprueban difusión en el portal de la SMV del proyecto de modificación del Reglamento de Fecha de Corte, Registro y Entrega y del Reglamento de Sanciones.- Mediante Resolución SMV N° 001-2017-SMV/01, publicada el 3 de febrero de 2017, la SMV autorizó la difusión del proyecto señalado (*).

(*) A la fecha ya han sido aprobadas las normas derivadas de estos proyectos.

ÁREA BANCARIA Y FINANCIERA

Para mayor información pueden contactar a Paul Castritius.

Esta comunicación ha sido elaborada por el área Bancaria y Financiera de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

El contenido del presente informativo está referido, entre otros, a la descripción objetiva de disposiciones legales. No comprende la opinión que Rodrigo, Elías & Medrano Abogados tiene respecto de las mismas, por lo que no puede ser considerado como una fuente de interpretación o absolución de consultas.