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Boletín Pesquero – Enero 2020

Pesquero

VEDAS Y AUTORIZACIONES

I. Establecen Régimen Provisional de Extracción del Recurso Anguila

Mediante Resolución Ministerial N° 561-2019-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 1 de enero de 2020, se establece el el Régimen Provisional de Extracción del Recurso Anguila (Ophichthus remiger) en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva y de procesamiento del referido recurso desde el 2 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, aplicable en todo el ámbito del dominio marítimo peruano.

II. Establecen cuota máxima de captura permisible del recurso bacalao de profundidad para el año 2020

Mediante Resolución Ministerial Nº 001-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 3 de enero de 2020, se establece la cuota máxima de captura permisible del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) para el año 2020, en ciento sesenta y dos (162) toneladas, salvo medie modificación alguna.

Una vez se alcance, o se estime alcanzar la cuota máxima de captura del citado recurso, el Ministerio de la Producción mediante Resolución Ministerial, dará por concluidas las actividades extractivas.

III. Establecen límite de captura del recurso bonito para el período 2020

Mediante Resolución Ministerial Nº 002-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 4 de enero de 2020, se establece el límite de captura del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) para el período 2020, en sesenta y cuatro mil (64,000) toneladas, cuya distribución será de cincuenta y un mil doscientas (51,200) toneladas aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones artesanales y doce mil ochocientas (12,800) toneladas para aquellas embarcaciones cuyo derecho administrativo lo autorice.

IV. Suspenden actividades extractivas del recurso de anchoveta en área de dominio marítimo

Mediante Resolución Ministerial N° 006-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de enero de 2020, se suspende la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizada por embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S, por un período de siete (7) días calendario, a partir del 8 de enero de 2020.

V. Establecen medida temporal de alerta temprana para la protección del recurso bonito para el año 2020

Mediante Decreto Supremo N° 001-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de enero de 2020, se establece la medida temporal de alerta temprana para la protección del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) para el año 2020.

VI. Suspenden la actividad extractiva del recurso Merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre los 05°00’S y 05°20’S del dominio marítimo peruano

Mediante Resolución Ministerial N° 008-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de enero de 2020, se suspendió la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizada por embarcaciones arrastreras, entre los 05°00’S y 05°20’S del dominio marítimo peruano, por un período de siete (7) días calendario, a partir del 10 de enero de 2020.

VII. Dan por finalizada la extracción exploratorio del recurso erizo rojo autorizada por R.M. Nº 236-2016-PRODUCE

Mediante Resolución Ministerial N° 008-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 11 de enero de 2020, se da por finalizada la extracción exploratoria del recurso erizo rojo (Loxechinus albus) autorizada por Resolución Ministerial Nº 236-2016-PRODUCE, a partir de las 00:00 horas del 12 de enero de 2020.

VIII. Dan por concluida la Segunda Temporada de Pesca 2019 del recurso anchoveta y anchoveta blanca, correspondiente a la Zona Norte – Centro

Mediante Resolución Ministerial N° 008-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 14 de enero de 2020, se da por concluida la Segunda Temporada de Pesca 2019 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) correspondiente a la Zona Norte – Centro, en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’LS, a partir del 15 de enero de 2020.

IX. Establecen límites de captura de los recursos jurel y caballa para el año 2020

Mediante Resolución Ministerial N° 025-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 18 de enero de 2020, se establece (i) el límite de captura del recurso jurel (Trachurus murphyi) para el período 2020, en cien mil (100 000) toneladas, cuya distribución será de setenta mil (70 000) toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones de mayor escala y treinta mil (30 000) toneladas aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones artesanales; y, (ii) el límite de captura del recurso caballa (Scomber japonicus peruanus) para el período 2020, en noventa y cuatro mil (94 000) toneladas, cuya distribución será de setenta y cinco mil doscientas (75 200) toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones de mayor escala y dieciocho mil ochocientas (18 800) toneladas aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones artesanales.

NORMATIVA GENERAL

I. Modifican la R.M. N° 591-2017-PRODUCE, que aprobó componentes de la variable “B” de fórmula para el cálculo de sanción de multa establecida en el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas

Mediante Resolución Ministerial Nº 009-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 12 de enero de 2020, se modifican los ANEXOS III, IV, V, VI, VII y VIII de la Resolución Ministerial N° 591-2017-PRODUCE, conforme a los anexos adjuntos en la resolución ministerial.

II. Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE

Mediante Decreto Supremo N° 002-2020-PRODUCE, publicada en el Diario oficial “El Peruano” el 20 de enero de 2020, se modifican los artículos 3, 10, 12, 23, 29, 30, 33, 36, 37, 38, 39, 40, 44, 45, 50, 51 y el título del Capítulo II del Título IV del Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE.

NOMBRAMIENTOS

I. Designan Directora de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura 

Mediante Resolución Ministerial N° 557-2019-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 1 de enero de 2020, se designa a la señorita Rossy Yesenia Chumbe Cedeño en el cargo de Directora de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

II. Designan Directora de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura

Mediante Resolución Ministerial N° 558-2019-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 1 de enero de 2020, se designa a la señora Sahda Olga Fayad Valverde en el cargo de Directora de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

III. Delegan en la Gerencia General del FONDEPES, durante el año fiscal 2020, las facultades de aprobación y formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 059

Mediante Resolución Jefatural N° 004-2020-FONDEPES/J, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de enero de 2020, se delega en la Gerencia General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, durante el año fiscal 2020, las facultades de aprobación y formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 059 Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

IV. Designan Directora de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal

Mediante Resolución Ministerial N° 023-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 20 de enero de 2020, se designa a la señora Nathaly Marina Vargas López, en el cargo de Directora de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

V. Encargan funciones de Director General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Pesca Artesanal del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

Mediante Resolución Jefatural Nº 006-2020-FONDEPES/J, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 21 de enero de 2020, se encarga a partir del 17 de enero de 2020 al señor Jorge Luis Natividad Henostroza en el cargo de Director General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Pesca Artesanal del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, en adición a sus funciones.

VI. Aceptan renuncia de Directora de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola del SANIPES

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 25 de enero de 2020, se acepta la renuncia presentada por la abogada Ana Lorena Prado Ríos como Directora de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, dándosele las gracias por los servicios prestados.