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Boletín Pesquero – Mayo 2023

BOLETINES

VEDAS Y AUTORIZACIONES

i. ESTABLECEN VEDA REPRODUCTIVA DEL RECURSO “TRUCHA ARCO IRIS” EN EL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA  

Mediante Resolución Ministerial N° 175-2023-PRODUCE, publicada en edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano” del 24 de mayo de 2023, se estableció la veda reproductiva del recurso “trucha arco iris” en los cuerpos de agua altoandinos del departamento de Huancavelica. 

La veda es desde el 1 de junio al 31 de agosto de 2023, quedando prohibida su extracción, comercialización, transporte y procesamiento, a excepción del recurso o producto proveniente de los centros de producción acuícolas debidamente autorizados. 

ii. AUTORIZAN AL IMARPE LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN ANGUILA II 

Mediante Resolución Ministerial N° 184-2023-PRODUCE, publicada en edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano” del 29 de mayo de 2023, se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE, la ejecución de la Operación Anguila II en el área marítima comprendida entre los 03’’24’S y 06’’30’S por un período de (7) siete días calendario contados desde el 30 de mayo hasta el 5 de junio de 2023 y con la participación de (2) dos embarcaciones de menor escala. 

iii. AUTORIZAN AL IMARPE A REALIZAR UNA PESCA EXPLORATORIA DEL RECURSO ERIZO ROJO 

Mediante Resolución Ministerial N° 185-2023-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” del 30 de mayo de 2023, se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE, a realizar una pesca exploratoria del recurso erizo rojo con la participación de embarcaciones pesqueras artesanales, en el área marítima comprendida entre los paralelos 15°0343.16’’ S 75°24´37.58’’ O y 15°27’54.32’’ S, 75°02’0.06’’ O, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. La cuota es de 73.6 toneladas y la pesca exploratoria durará hasta que se alcance la misma o, hasta el 30 de junio de 2023.  

iv. ESTABLECEN CUOTA DE CAPTURA DEL RECURSO CALAMR GIGANTE O POTA PARA EL PERÍODO 2023 

Mediante Resolución Ministerial N° 186-2023-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” del 30 de mayo de 2023, se estableció la cuota de captura del recurso calamar gigante o pota para el año 2023 en 420,000 toneladas. La pesca del citado recurso concluirá al alcanzarse la cuota o el 31 de diciembre de 2023. 

 

NORMATIVA GENERAL 

i. ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA QUE ARMADORES ARTESANALES AL AMPARO DEL DS 006-2016-PRODUCE OBTENGAN SUS PERMISOS DE PESCA  

Mediante Decreto Supremo N° 003-2023-PRODUCE, publicado en el diario oficial “El Peruano” del 13 de mayo de 2023, se establecieron disposiciones que los armadores artesanales que obtuvieron un permiso al amparo del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 006-2016-PRODUCE, puedan solicitar su permiso de pesca a través del procedimiento administrativo establecido por el Decreto Supremo N° 018-2021-PCM.  

ii. APRUEBAN EL REGLAMENTO DE LAS DISPOSICIONES TRIBUTARIAS CONTENIDAS EN LA LEY N° 31666 – LEY DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA ACUICULTURA 

Mediante Decreto Supremo N° 092-2023-EF, publicado en el diario oficial “El Peruano” del 16 de mayo de 2023, se aprobaron las normas reglamentarias para la aplicación de los beneficios tributarios vinculados al Impuesto a la Renta y recuperación anticipada del Impuesto General a la Ventas, contenidas en la Ley N° 31666 – Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Acuicultura. 

iii. MODIFICAN LEY GENERAL DE PESCA Y ESTABLECEN Y ESTABLECEN NUEVA CLASIFICACIÓN COMERCIAL DE LAS EMBARCACIONES Y PROHIBICIÓN DE PESCA INDUSTRIAL EN LAS CINCO MILLAS 

Mediante Ley N° 31749, publicada en el diario oficial “El Peruano” del 20 de mayo de 2023, se modificaron los artículos 20 y 33 de la Ley General de Pesca – Decreto Ley N° 25977. 

Así definió a la actividad artesanal como aquella que se realiza con predominio del trabajo manual y con el uso de embarcaciones menores o sin ellas; a la actividad de menor escala a aquella que usa embarcaciones menores que usan equipos y sistemas de pesca mecanizados; y, a la actividad de mayor escala como aquella que usa embarcaciones mayores de pesca. Deja al Reglamento la definición de predominio de trabajo manual y el establecimiento de las características técnicas que diferencian cada una de las categorías. 

Asimismo, estableció la prohibición de las actividades extractivas de mayor escala en la zona de las cinco millas. 

  

NOMBRAMIENTOS 

i. ENCARGAN JEFATURA DEL FONDEPES  

Mediante Resolución Suprema N° 009-2023-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27 de mayo de 2023, se encargó la jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, al Sr. Sergio Gilberto Rodríguez Soria.