Proyecto de Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales

Proyecto de Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales

El 26 de agosto de 2023 se publicó la Resolución Ministerial Nº 0270-2023-JUS que aprueba la publicación para comentarios del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales (“Proyecto de Reglamento”).

Entre los considerandos de la Resolución Ministerial Nº 0270-2023-JUS se menciona la necesidad de establecer un nuevo reglamento de la Ley Nº 29733 que “eleve los estándares regulatorios en materia de protección de datos personales a través de la incorporación de nuevas definiciones y categorías jurídicas enfocadas en potencias el derecho y garantizar los principios aplicables“.

El Proyecto de Reglamento aplicaría a toda modalidad de tratamiento de datos personales, ya sea efectuado por personas naturales, entidades públicas o instituciones del sector privado, independientemente del soporte en el que se encuentren, salvo en los supuestos de excepción al ámbito de aplicación recogidos en el artículo IV (e.g. en el caso de representantes de personas jurídicas o personas fallecidas).

El Proyecto de Reglamento está conformado por 4 Títulos, conforme al siguiente detalle:

  1. Título I: Tratamiento de datos personales;
  2. Título II: Derechos del titular de datos personales;
  3. Título III: Registro Nacional de Protección de Datos Personales; y,
  4. Título IV: Infracciones y sanciones

A su vez, el Proyecto de Reglamento plantea principalmente:

  • Regular los supuestos en los que el titular del banco de datos personales y el encargado del tratamiento deben designar un Oficial de Datos Personales;
  • Reconocer el derecho a la portabilidad de datos personales;
  • Evaluar el impacto relativo a la protección de datos personales;
  • Crear una plataforma digital “Yo cuido mis datos personales”, a ser desarrollada por la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales brinde atención al ciudadano cuando no se atienda o deniegue el ejercicio de los derechos establecidos en la Ley de Protección de Datos Personales, así como para la presentación de denuncias.

Finalmente, según el Proyecto de Reglamento, los procedimientos administrativos que hayan iniciado antes de la entrada en vigencia del nuevo Reglamento se regirán por la normativa anterior.


Para mayor información, por favor contactar a María del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com) y/o Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com).