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Boletín Mercado de Capitales – Abril 2021

Mercado de Capitales

DISPOSICIONES DE INTERÉS GENERAL

Normas SMV

Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) modifica Reglamento Interno de CAVALI S.A. ICLV, aprobado por Resolución CONASEV N° 057-2002-EF/94.10. A través de la Resolución SMV N° 009-2021-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de abril, la SMV modificó el indicado reglamento para dejar claro que cuando corresponda a CAVALI S.A. I.C.L.V.  (“CAVALI”) realizar el pago de beneficios en efectivo, amortizaciones y redenciones, relativos a valores mobiliarios e instrumentos de emisión no masiva representados por anotaciones en cuenta, registrados en dicha institución, y no cuente con los fondos necesarios para efectuar dicho pago en el plazo establecido, no procederá con el pago, y comunicará el retraso o incumplimiento, según corresponda, al emisor y participantes de CAVALI involucrados, así como a la SMV y BVL, de ser el caso.

SMV modifica el Reglamento del Fondo de Garantía, aprobado por Resolución SMV 013-2011-SMV/01 (“Reglamento FG”). A través de la Resolución SMV N° 008-2021-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de abril, la SMV modificó el Reglamento FG principalmente para:

  • Establecer precisiones referidas a la convocatoria a la asamblea de miembros (“Asamblea”) del Administrador del Fondo de Garantía (“Administrador”).
  • Establecer como condición de los representantes a la Asamblea, que pertenezcan a la plana gerencial de la sociedad agente de bolsa miembro.
  • Precisar que entre las funciones del Consejo Directivo del Administrador (“Consejo Directivo”) se encuentra la de decidir la ejecución del Fondo de Garantía de acuerdo con lo previsto en la legislación, o en atención de lo resuelto por mandato judicial o laudo arbitral con calidad de cosa juzgada o por resolución administrativa firme; y que dichas resoluciones o laudos, para ser ejecutados, deben referirse a alguno de los supuestos previstos en el Reglamento FG y a actuaciones derivadas de la realización de las operaciones o actividades señaladas en dicho reglamento.
  • Reducir de cinco a dos años el plazo máximo para presentar al Consejo Directivo, para su ejecución, las resoluciones administrativas firmes señaladas en el acápite anterior.
  • Se precisa que el Consejo Directivo debe aprobar y presentar a la SMV no solo la memoria anual y los estados financieros anuales del Fondo de Garantía, sino también los de su Administrador.

Proyectos SMV 

Se autoriza difusión de Proyecto de modificación del Reglamento  de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV 068-2010- EF/94.01.1. Mediante Resolución SMV N°  10-2021-SMV/01 (publicada el 29 de abril), la SMV publicó el proyecto en mención para recepción de comentarios del público.

Se autoriza difusión de Proyecto de modificación del Reglamento del Mercado de Inversionistas Institucionales, aprobado mediante Resolución SMV N° 021-2013-SMV/01 y la Resolución de Superintendente N° 126-2020-SMV/02 que modifica dicho reglamento. Mediante Resolución SMV N° 007-2021-SMV/01 (publicada el 16 de abril), la SMV publicó el proyecto en mención para recepción de comentarios del público. Para mayor información, consulte nuestra Alerta en el siguiente link.