El 13 de diciembre del 2023, el Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley No. 5434/2022-CR, a través del cual se modifica el artículo 3 del Decreto Legislativo No. 943 “Ley del Registro Único de Contribuyentes” y, en consecuencia, se elimina la obligación de consignar el RUC y la Razón Social de los anunciantes en toda la documentación mediante la cual se oferten bienes y/o servicios, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice utilizando plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros.
Específicamente, el referido Proyecto de Ley señala lo siguiente:
“Artículo único. Modificación del artículo 3 del Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes
Se modifica el párrafo segundo del artículo 3 del Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, en los siguientes términos:
Artículo 3. Del número de RUC
[…]
El mencionado número también deberá ser comunicado a las entidades de la administración pública, empresas del sistema financiero, notarios y demás sujetos comprendidos en el artículo 4”.
El referido Proyecto de Ley se enviará al Poder Ejecutivo y, en caso no tener observaciones, se publicará en el Diario Oficial El Peruano.
Para mayor información, por favor contactar a Tulio Tartarini (ttartarini@estudiorodrigo.com) y/o Ximena Aramburú (xaramburu@estudiorodrigo.com)