“Establecer tasas máximas de interés podría excluir a clientes del sistema financiero, restringir el crédito formal, fomentar el crédito informal a tasas exorbitantes y dificultar la bancarización. Además, el BCRP ha alertado sobre un potencial impacto macroeconómico negativo debido a una contracción del crédito”.
Por José Villafuerte, asociado especialista en Bancario y Financiero
Un grupo de congresistas se encuentra impulsando el Proyecto de Ley No. 8581/2024-CR, que propone establecer límites a los intereses compensatorios y moratorios aplicados por las entidades del sistema financiero. Según la exposición de motivos del proyecto, los congresistas argumentan que fijar estos límites es fundamental para prevenir posibles “abusos” por parte de las entidades financieras reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en desmedro de los consumidores.
No obstante, a pesar de su objetivo declarado, el proyecto presenta una inconsistencia evidente. El mecanismo propuesto para limitar las tasas de interés consiste en modificar el artículo 51 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), un artículo que regula exclusivamente la facultad del BCRP para fijar tasas máximas aplicables a operaciones realizadas por entidades ajenas al sistema financiero. En consecuencia, una lectura adecuada del texto propuesto revela que, en realidad, la iniciativa establecería límites a las tasas de interés que pacten las personas que no pertenecen al sistema financiero.
Sin perjuicio de la deficiente redacción y técnica legislativa del proyecto de ley, parece que la propuesta tendría por objeto fijar un límite máximo del 35% para las tasas de interés compensatorio, moratorio o “ambas tasas de interés si fuesen acumuladas” (sic) aplicables en las operaciones realizadas por las entidades del sistema financiero supervisadas por la SBS.
En ese contexto, tanto la SBS como el BCRP han expresado oficialmente su oposición a este proyecto. Ambas entidades han recordado al Congreso que, a la fecha, el BCRP sí establece tasas máximas de interés para ciertas operaciones realizadas por entidades del sistema financiero (créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto y crédito para las pequeñas y microempresas). Asimismo, estos organismos han señalado que establecer tasas máximas de interés podría excluir a clientes del sistema financiero, restringir el crédito formal, fomentar el crédito informal a tasas exorbitantes y dificultar la bancarización. Además, el BCRP ha alertado sobre un potencial impacto macroeconómico negativo debido a una contracción del crédito.
Tomando en cuenta que, a partir de abril de 2021, algunas de las operaciones de las empresas del sistema financiero se encuentran sujetas a límites de tasas de interés, la SBS ha podido compartir evidencia relevante sobre los efectos nocivos de estos límites:
Existe bastante evidencia sobre los efectos negativos de la imposición de tasas máximas de interés, especialmente aquellas establecidas arbitrariamente. Por ejemplo, Ferrari y otros (2018) alertan, además de los perjuicios resaltados por la SBS y el BCRP, sobre la reducción en la transparencia en la revelación de los costos de los financiamientos y la salida del mercado de entidades microfinancieras. Convendría que los congresistas tengan en cuenta esta importante evidencia, que demuestra que estas regulaciones pueden ser contraproducentes para el mercado, los consumidores y la estabilidad macroeconómica del país.