El 1 de marzo del 2025, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo No. 004-2025-JUS, a través del cual se incorpora como sujeto obligado a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú) a las empresas que prestan el servicio de transporte y custodia de dinero y valores que no son supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).