Requisitos para el procedimiento acelerado del registro sanitario
Se publicó el Decreto Supremo 004-2025-SA que regula lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley 29698, Ley que declara de interés nacional y preferente la atención y el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras o huérfanas, modificada por la Ley 31738.
Se establecen los requisitos para obtener y mantener el registro sanitario de productos farmacéuticos que cuentan con título habilitante en países de alta vigilancia sanitaria, destinados a la atención integral, incluyendo diagnóstico y tratamiento de las enfermedades raras o huérfanas, o destinados a tratamientos oncológicos.
Este Decreto Supremo entrará en vigencia el 13 de octubre de 2025.
Modifican ficha de homologación para alimento infantil con leche y cereales
Mediante la Resolución Ministerial 245-2025/MINSA, se aprobó la modificación de la Ficha de Homologación de “Alimento infantil instantáneo, fortificado, en polvo, con leche y cereales”.
Se establece los requisitos que debe cumplir el alimento fortificado para las contrataciones con el Estado.
Certificación en BPM en Colombia, India y México
Mediante las Resoluciones Ministeriales 223, 225, 279, 280, 281-2025/MINSA se autorizaron viajes de funcionarios de la Digemid para que realicen inspecciones a laboratorios en Colombia, India y México con la finalidad de otorgar la certificación de BPM.
Se propone la eliminación de la DIGEMID.
El Proyecto de Ley 10902/2024-PE propone la creación de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios – APEMED.
Eliminación gradual del peróxido de benzoilo en usos tópicos
El Proyecto de Ley 10808/2024-CR propone prohibir el uso de peróxido de benzoilo en la fabricación y comercialización de productos de uso tópico en el país.
Se propone dar un plazo de 6 meses para que la industria farmacéutica y cosmética reemplacen este componente en productos de uso tópico.
Requisitos para el transporte de alimentos
Mediante Resolución Ministerial 229-2025-MINSA se publicó el proyecto de la Norma Sanitaria para los que transporten alimentos, ya sea para distribuir, comercializar, almacenar, prestar servicios de alimentación colectiva, fabricar, fraccionar, o repartir (delivery).
En este documento normativo se establecen la Vigilancia Sanitaria y las Buenas Prácticas de Manipulación en el Transporte de Alimentos.
La DIGESA recibió comentarios al proyecto hasta el 17 de abril de 2025.