1. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ANCHOVETA EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Directoral N° 083-2025-PRODUCE/DGSFS-PA 2025, publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 1 de mayo, se suspendieron las actividades extractivas de anchoveta por un plazo de cinco (5) días calendario contados a partir de las 23.00 horas del 1 de mayo de 2025 hasta las 23.00 horas del 6 de mayo de 2025, en las siguientes áreas.
2. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ANCHOVETA EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Directoral N° 084-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 2 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas de anchoveta por un plazo de cinco (5) días calendario contados a partir de las 22.00 horas del 2 de mayo de 2025 hasta las 22.00 horas del 7 de mayo de 2025, en las siguientes áreas.
3. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE MERLUZA EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Directoral N° 086-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 5 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas de merluza por un plazo de siete (7) días calendario contados a partir de las 22.00 horas del 5 de mayo de 2025 hasta las 22.00 horas del 12 de mayo de 2025, en la siguiente área.
4. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ANCHOVETA EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Directoral N° 088-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 7 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas de anchoveta por un plazo de diez (10) días calendario contados a partir de las 23.00 horas del 7 de mayo de 2025 hasta las 23.00 horas del 17 de mayo de 2025, en las siguientes áreas.
5. AUTORIZAN AL IMARPE A EJECUTAR LA OPERACIÓN ANGUILA IV EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Ministerial N° 174-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 14 de mayo, se autorizó al IMARPE la ejecución de la Operación Anguila IV, por un período de siete (7) días calendario y en el área comprendida entre los 03°24’S y 06°30’S.
Contará con la participación de dos embarcaciones de menor escala con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anguila.
6. AUTORIZAN ACTIVIDAD EXTRACTIVA DE CONCHA DE ABANICO EN ZONA DE ISLA LOBOS DE TIERRA
Mediante Resolución Ministerial N° 176-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 16 de mayo, se autorizó la actividad extractiva de concha de abanico hasta un total de 322.7 toneladas mayores a 25 mm y menores a 65 mm de altura valvar: El ámbito es la Isla Lobos de Tierra comprendida dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Punta Guaneras y con fines de abastecimiento a las concesiones acuícolas.
7. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ANCHOVETA EN ZONA DEL LITORAL
Mediante Resolución Directoral N° 092-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 17 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas de anchoveta por un plazo de diez (10) días calendario contados a partir de las 23.00 horas del 17 de mayo de 2025 hasta las 23.00 horas del 27 de mayo de 2025, en las siguientes áreas.
8. DAN POR CONCLUIDAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE CONCHA DE ABANICO
Mediante Resolución Directoral N° 095-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 20 de mayo de 2025, se dieron por concluidas a partir de las 00.00 horas del 20 de mayo, las actividades extractivas de concha de abanico en el marco de la Resolución Ministerial N° 074-2025-PRODUCE.
9. MODIFICAN EL LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA TOTAL PERMISIBLE DE INICIO DEL RECURSO CALAMAR GIGANTE O POTA
Mediante Resolución Ministerial N° 00180-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo modifican la Resolución Ministerial N° 000123-2025-PRODUCE que establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de inicio del recurso calamar gigante o pota, estableciéndolo en 290 000 toneladas para el periodo entre el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2025.
10. ESTABLECEN EL LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA TOTAL PERMISIBLE DEL RECURSO ERIZO PARA EL AÑO 2025, APLICABLE A LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS ARTESANALES DESARROLLADAS EN EL ÁMBITO DE LA RESERVA NACIONAL SISTEMA DE ISLAS, ISLOTES Y PUNTA GUANERAS – PUNTAS COLES
Mediante Resolución Ministerial N° 00181-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo se estableció el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) del recurso erizo para el año 2025 en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras – Punta Coles (RNSIIPG – Punta Coles), ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua, estableciéndolo en 37 toneladas.
11. ESTABLECEN CUOTA MÁXIMA DE CAPTURA PERMISIBLE DEL RECURSO PULPO PARA EL AÑO 2025 EN EL LITORAL DE PIRUA Y LAMBAYEQUE
Mediante Resolución Ministerial N° 00182-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo se estableció la cuota máxima de captura permisible del recurso pulpo para el año 2025 en el litoral de Piura y Lambayeque, estableciéndolo en 708.75 toneladas, la misma que no excede del 31 de diciembre de 2025. Esta cuota no incluye a las Islas Lobos de Afuera y Lobos de Tierra, ámbitos de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras, para los cuales se ha fijado una cuota de 21.25 toneladas, la misma que no excede del 30 de setiembre de 2025.
12. ESTABLECEN LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA TOTAL PERMISIBLE (LMCTP) DEL RECURSO CHORO CORRESPONDIENTE A LOS ÁMBITOS MARÍTIMOS ADYACENTES A LOS DEPARTAMENTOS DE MOQUEGUA Y TACNA PARA EL AÑO 2025
Mediante Resolución Ministerial N° 00183-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo se estableció el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) del recurso choro para el año 2025, correspondiente a los ámbitos marítimos adyacentes a los departamentos de Moquegua y Tacna para el año 2025. Para Moquegua, se estableció en 272.2 toneladas, lo cual no incluye Punta Coles que se encuentra dentro del ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras. En el caso de Tacna, se estableció en 332 toneladas.
13. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE RECURSO BONITO EFECTUADAS CON EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES
Mediante Resolución Directoral N° 00100-2025-PRODUCE/DGSFS-PA publicada en el portal web del Ministerio de la Producción el 24 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas del recurso bonito efectuadas con embarcaciones pesqueras artesanales con red de cerco menores a 10 m3 de capacidad de bodega, a partir de las 00:00 horas del 27 de mayo de 2025.
14. SUSPENDEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE RECURSO TIBURON MARTILLO
Mediante Resolución Directoral N° 00102-2025-PRODUCE/DGSFS-PA en el portal web del Ministerio de la Producción el 27 de mayo de 2025, se suspendieron las actividades extractivas del recurso tiburón martillo, a partir de las 00:00 horas del 29 de mayo de 2025.
15. ESTABLECEN EL GRADO DE EXPLOTACIÓN DEL RECURSO BACALAO DE PROFUNDIDAD COMO RECURSO HIDROBIOLÓGICO PLENAMENTE EXPLOTADO
Mediante Resolución Ministerial N° 000187-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de mayo, se estableció el grado de explotación del recurso bacalao de profundidad como recurso hidrobiológico plenamente explotado.
16. MODIFICAN LA RELACIÓN DE TALLAS MÍNIMAS DE CAPTURA Y TOLERANCIA MÁXIMA DE EJEMPLARES JUVENILES DE PRINCIPALES PECES MARINOS E INVERTEBRADOS, RESPECTO AL RECURSO CABRILLA
Mediante Resolución Ministerial N° 000191-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de mayo, se modificó el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 209-2001-PE, aprobando la relación de tallas mínimas de captura y tolerancia máxima de ejemplares juveniles de principales peces marinos e invertebrados, respecto al recurso cabrilla.
1. APRUEBAN PROTOCOLO PARA VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE EMBARCACIONES ATUNERAS EXTRANJERAS Y REGISTRO DE CONTRATOS DE FLETAMENTO
Mediante Resolución Ministerial 169-2025-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 8 de mayo, se aprobó el “Protocolo para la verificación permanente del cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera y del registro de contratos de fletamento de embarcaciones atuneras de bandera nacional” en el marco del ROP del Atún, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE y del Decreto Supremo N° 009-2016-PRODUCE en el que establecen medidas para el fortalecimiento de la industria pesquera en el procesamiento del recurso atún
2. MODIFICAN EL ANEXO 2 “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS PARA SER PROVEEDOR SATELITAL APTO”
Mediante Resolución Ministerial N° 171-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 8 de mayo, se modificaron diversos numerales del Anexo 2 “Especificaciones Técnicas Mínimas para ser Proveedor Satelital Apto” del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (SISESAT), aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE.
3. MODIFICAN REGLAMENTO DE LA LEY DE CREACIÓN DEL SANIPES
Mediante Decreto Supremo N° 007-2025-PRODUCE publicado en el diario oficial “El Peruano” el 9 de mayo, se modificó el reglamento de la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado por Decreto Supremo N° 010-2019-PRODUCE, con el objeto de adecuarlo a las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1672.
4. MODIFICAN DECRETO LEGISLATIVO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO
Mediante Ley N° 32326 publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de mayo, se modificaron diversas disposiciones del Decreto Legislativo N° 1373 que aprobó el Decreto Legislativo de extinción de dominio.
5. MODIFICAN ROP DE LOS RECURSOS INVERTEBRADOS MARINOS BENTÓNICOS
Mediante Decreto Supremo N° 008-2025-PRODUCE publicado en el diario oficial “El Peruano” el 13 de mayo, se modificó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE, con el objeto de viabilizar el proceso de Planes de Extracción de ese tipo de recursos.
6. AUTORIZAN A FONDEPES A REESTRUCTURAR DEUDA DE PESCADORES ARTESANALES Y ACUICULTORES
Mediante Ley N° 32341 publicada en el diario oficial “El Peruano” el 22 de mayo, se autorizó al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) a reestructurar los créditos otorgados a pescadores artesanales y acuicultores hasta el 31 de diciembre de 2023, que por causa de la emergencia climatológica hayan incurrido en morosidad o mantengan cuotas impagas.
7. MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ACUICULTURA Y EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PESQUERAS Y ACUÍCOLAS
Mediante Decreto Supremo N° 009-2025-PRODUCE publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de mayo, se modificó el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, con la finalidad de actualizar las infracciones en las actividades acuícolas.
1. DESIGNAN DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE EXTRACCIÓN PARA CONSUMO HUMANO DIRECTO E INDIRECTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA PARA CONSUMO HUMANO DIRECTO E INDIRECTO
Mediante Resolución Ministerial N° ° 000189-2025-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de mayo se designó como Director de la Dirección de Extracción para Consumo Humano Directo e Indirecto de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, al Sr. Jaime Antonio de la Torre Obregón.