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Alerta Comercio Exterior y Aduanas – Julio 2017

Comercio Exterior & Aduanas
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Modifican requisitos de acceso a la Certificación como Operador Económico Autorizado

El día 5 de julio de 2017, fue publicada la Resolución de Intendencia Nacional N° 10-2017-SUNAT/5F0000 mediante el cual se modificaron diversas disposiciones del Procedimiento de “Certificación del Operador Económico Autorizado” (OEA), DESPA-PG.29, en lo referido a los requisitos para obtener la referida certificación.

Entre las modificaciones más relevantes, destaca la flexibilización de los siguientes requisitos de acceso a la certificación como OEA:

  • La exigencia de  no reflejar pérdidas durante tres años consecutivos en los últimos cuatro años calendarios concluidos, al permitirse que las empresas que no cumplan con este requisito puedan sustentar el respaldo de sus operaciones a satisfacción de la Administración Tributaria y Aduanera (SUNAT).
  • La obligación de acreditar un patrimonio neto declarado ante la SUNAT (Declaración Jurada del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría), al permitirse que las empresas que no cumplan con este requisito puedan sustentar el respaldo de sus operaciones a satisfacción de la SUNAT.

Asimismo,  han sido modificados los Anexos 2 y 6 del Procedimiento DESPA-PG.29 bajo comentario, los cuales regulan las infracciones cuya comisión determina la imposibilidad del acogimiento a la certificación como OEA, y los requisitos de seguridad del OEA, respectivamente.

La norma bajo comentario se encuentra en vigor desde el 6 de julio de 2017.

Si desea, puede contactar a los abogados del área de Comercio Exterior y Aduanas.

El contenido de esta alerta no comprende la opinión que Rodrigo, Elías & Medrano Abogados, por lo que no puede ser considerado como una fuente de interpretación o absolución de consultas.