Modifican requisitos de acceso a la Certificación como Operador Económico Autorizado
El día 5 de julio de 2017, fue publicada la Resolución de Intendencia Nacional N° 10-2017-SUNAT/5F0000 mediante el cual se modificaron diversas disposiciones del Procedimiento de “Certificación del Operador Económico Autorizado” (OEA), DESPA-PG.29, en lo referido a los requisitos para obtener la referida certificación.
Entre las modificaciones más relevantes, destaca la flexibilización de los siguientes requisitos de acceso a la certificación como OEA:
Asimismo, han sido modificados los Anexos 2 y 6 del Procedimiento DESPA-PG.29 bajo comentario, los cuales regulan las infracciones cuya comisión determina la imposibilidad del acogimiento a la certificación como OEA, y los requisitos de seguridad del OEA, respectivamente.
La norma bajo comentario se encuentra en vigor desde el 6 de julio de 2017.
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