Resolución de la Autoridad Nacional del Agua que regula el procedimiento de formalización de licencias de uso de agua
El 13 de marzo de 2021 fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Jefatural No. 057-2021-ANA, mediante la cual la Autoridad Nacional del Agua desarrolla las disposiciones necesarias para la implementación del nuevo procedimiento de formalización de licencias de uso de agua que fue instaurado mediante Decreto Supremo No. 010-2020-MINAGRI.
Los siguientes son algunos de los aspectos más importantes del nuevo procedimiento:
– La formalización es aplicable a las personas naturales y jurídicas que, al 31 de diciembre de 2014, se encontraban usando agua de manera pública, pacífica y continua, sin afectar derechos de uso de agua de terceros.
– El plazo para acogerse es de un año contado a partir de hoy, 15 de marzo de 2021.
– No puede ser objeto de formalización el uso de agua (i) en zonas declaradas en veda; (ii) con fines acuícolas; (iii) con fines agrícolas en bloque, a cargo de organizaciones de usuarios de agua; (iv) con fines poblacionales, a cargo de prestadores de servicios de saneamiento en centros poblados urbanos o rurales con población de hasta 5,000 habitantes; (v) en proyectos especiales entregados en concesión; ni (vi) en pequeña minería o minería artesanal.
– La norma establece que el acogimiento a la formalización será considerado un desistimiento del procedimiento de otorgamiento de derecho de uso de agua que, de ser el caso, se encuentre en trámite, como consecuencia de lo cual éste deberá ser archivado.