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Alerta Infraestructura – Abril 2024

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Se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión

El 2 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 035-2024-PCM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (“Reglamento”).

El Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (“OEDI”) es un organismo público ejecutor competente para brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos (o documentos equivalentes) de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, así como de aquellos que le sean delegados mediante convenio.

El Reglamento define la estructura de los órganos del OEDI, conforme a lo siguiente: (i) Dirección de Estudios de Preinversión; (ii) Dirección de Expedientes Técnicos; (iii) Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación.

La Dirección de Estudios de Preinversión es el órgano de línea responsable de la elaboración de los estudios de preinversión de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales delegados al OEDI. Dentro de sus funciones se incluye la posibilidad de evaluar las solicitudes para la elaboración de los estudios de preinversión de los proyectos de inversión. Asimismo, debe verificar y garantizar que los estudios técnicos vinculados a los estudios de preinversión cumplan las normas técnicas, estándares de calidad, parámetros técnicos, etc.

Adicionalmente, la Dirección de Estudios de Preinversión tiene la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Además, esta Dirección puede emitir opinión vinculante sobre las consultas que realicen los gobiernos regionales o locales durante la ejecución física del proyecto de inversión.

A su turno, la Dirección de Expedientes Técnicos es el órgano responsable de la elaboración de los expedientes técnicos y/o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales. Esta Dirección es competente para evaluar las solicitudes de elaboración de los expedientes técnicos de los proyectos de inversión. Asimismo, la Dirección puede programar y elaborar los expedientes técnicos al igual que verificar y garantizar que los estudios técnicos cumplen con la calidad y normas correspondientes.

En la misma línea, la Dirección de Expedientes Técnicos se encuentra facultada para emitir opinión respecto a las consultas que se presenten durante la ejecución física de los proyectos de inversión y de manera previa a la suscripción de los convenios de delegación para elaboración de expedientes técnicos.

Por último, la Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación es el órgano encargado de gestionar la asistencia técnica solicitada por los gobiernos regionales y locales para la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos. Además, la Dirección brinda capacitaciones a los gobiernos regionales y locales para la elaboración de especificaciones técnicas o términos de referencia. Dentro de las funciones de esta Dirección se contempla la capacidad de evaluar las solicitudes para la asistencia técnica al igual que puede brindar dicha asistencia en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos. Finalmente, esta Dirección proporciona asistencia técnica especializada desde los actos preparatorios hasta el perfeccionamiento del contrato.

Para mayor información, por favor, contactar a Hugo Silva (hsilva@estudiorodrigo.com), Diana Briones (dbriones@estudiorodrigo.com) y/o Arianna Robello (arobello@estudiorodrigo.com).