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Alerta Mercado de Capitales y Financiero – Noviembre 2022

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MODIFICAN REGLAMENTO CONTRA EL ABUSO DE MERCADO – NORMAS SOBRE USO INDEBIDO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA Y MANIPULACIÓN DE MERCADO, APROBADO POR RESOLUCIÓN SMV N° 005-2012-SMV/01 (“REGLAMENTO”)

 

Mediante Resolución SMV Nº 028-2022-SMV/01 (la “Resolución”), publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) añadió un tercer párrafo al inciso 6.1 del artículo 6° de dicho Reglamento para establecer que los directores o gerentes de un emisor de valores:

1. No pueden realizar operaciones mediante administración de cartera con valores emitidos por el emisor en el cual son directores o gerentes, y,

2. Deben informar por escrito a su administrador de cartera:

2.1 La relación de emisores en los que tienen el cargo de director o gerente, e indicarle expresamente que no realice operaciones con los valores emitidos por tales emisores.

2.2 Cualquier cambio con relación a la información que hayan brindado, dentro del día hábil siguiente de producido el cambio.

Además, la Resolución establece que los directores o gerentes mencionados, con contrato de administración de cartera vigente, deben realizar lo señalado en el numeral 2.1 anterior dentro de los cinco días hábiles desde la vigencia de la misma.