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Alerta Privacidad y Protección de Datos – Marzo 2025

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Entra en vigencia el Nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales

Su aplicación exige el cumplimiento de nuevas disposiciones obligatorias para las empresas que gestionan bancos de datos personales. Entre las más destacadas se encuentran:

  • Las empresas no establecidas en territorio peruano, a las que les sea aplicable la ley peruana, deben designar a un representante como punto de contacto ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
  • Las empresas deben informar a los titulares de los datos personales acerca de la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles y sus consecuencias. Profiling es el tratamiento automatizado de datos personales para evaluar ciertos aspectos de la persona y analizar o predecir sus intereses, comportamiento y otros atributos.
  • Las empresas deben notificar a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales determinados incidentes de seguridad dentro de las 48 horas posteriores de haber tomado conocimiento de ello.

La obligación de designar a un Oficial de Datos Personales entrará en vigencia progresivamente, de acuerdo con lo siguiente:


Para mayor información, por favor, contactar a Francisco Baldeón (fbaldeon@estudiorodrigo.com) y/o José Govea (jgovea@estudiorodrigo.com).