El 8 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No. 32230, la cual modifica los artículos 29 y 136 de la Ley No. 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (“el Código”) e incorpora el artículo 29-A.
Esta normativa tiene como finalidad fortalecer el Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo), estableciendo nuevos criterios para la comunicación de riesgos y peligros asociados a productos o servicios, así como responsabilidades adicionales para el INDECOPI en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor.
Dentro de las principales modificaciones se encuentran las siguientes:
1. Artículo 29: Entre los cambios relevantes destacan:
2. Artículo 136: Se otorgan nuevas responsabilidades al INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, para garantizar la operatividad del Sistema de Alertas, incluyendo:
3. Se incorpora el Artículo 29-A, a través del cual se crea el Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos, que consiste en un conjunto de normas y procedimientos orientado a difundir información a la ciudadanía sobre riesgos no previstos o imprevisibles en productos o servicios, a fin de salvaguardar la salud y la seguridad de los consumidores o de sus bienes.
Para mayor información, por favor contactar con Ximena Aramburú (xaramburu@estudiorodrigo.com) y/o Daniela Supo (dsupo@estudiorodrigo.com).