Electricidad
Nuevo Procedimiento Técnico COES PR-25 y reanudan proceso de aprobación de otros Procedimientos Técnicos
El 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución del Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 55-2017-OS/CD, mediante la cual se aprueba el nuevo Procedimiento Técnico COES PR-25 “Determinación de los Factores de Indisponibilidad, Presencia e Incentivos a la disponibilidad de las Centrales y Unidades de Generación”, y se reanuda el proceso de aprobación de otros Procedimientos Técnicos COES.
Al respecto, las principales novedades del nuevo PR-25 son:
- Se establecen nuevas definiciones para “Indisponibilidad de Centrales y Unidades de Generación”, “Indisponibilidad Parcial”, “Indisponibilidad Total”, “Indisponibilidad Fortuita” e “Indisponibilidad Programada”.
- El COES deberá ahora calcular la Potencia Asegurada (PA), en base a la capacidad garantizada de transporte de combustible informada por los generadores, y publicará mensualmente en su portal de internet los Factores de Indisponibilidad, de Presencia y de Incentivos a la Disponibilidad junto con la valorización de transferencias de potencia.
- Se establecen nuevas obligaciones de envío de información para los Generadores, sobre todo para los titulares de centrales o Unidades de Generación a gas natural. En ese sentido:
o deberán informar sobre su capacidad garantizada de transporte de combustible;
o sobre las adendas de los contratos de transporte y distribución de gas natural en caso de cambios de magnitud de la capacidad garantizada, y;
o sobre el stock disponible en caso tengan posibilidad de almacenar gas natural.
- Se establecen nuevos criterios a tomar en cuenta para la determinación de Factores de Indisponibilidad de centrales y Unidades de Generación. Así, se exceptúa del cálculo de indisponibilidades a las unidades de generación que vean limitada su producción por fallas, mantenimientos o ampliaciones en toda la cadena de suministro de gas natural (infraestructura de producción, transporte o distribución).
- Se excluye del cálculo de indisponibilidades parciales los casos de unidades de generación en pruebas.
- Se incluye a la reserva rotante para regulación primaria y secundaria en el cálculo de la indisponibilidad parcial, excluyéndose los periodos relacionados del cálculo de la Potencia Restringida (Pr).
- Se aclara el periodo estadístico para el cálculo de la Indisponibilidad Programada, precisándose que este corresponde a los últimos 60 y 6 meses de los periodos de estiajes para los cálculos a nivel mensual y anual, respectivamente.
- Se incluyen causales para la exclusión del cálculo del Factor de Presencia en el caso de las Centrales Hidroeléctricas. Estas se refieren ya no solo a causas propias, sino también a afectaciones por causas ajenas por (i) intervenciones de instalaciones eléctricas, (ii) ingreso de nuevas instalaciones eléctricas; y (iii) falla de instalaciones eléctricas, así como situaciones declaradas como fuerza mayor por OSINERGMIN.
- Se han adelantado los horarios (de 16:00 a 14:30) para el sorteo de pruebas aleatorias, tomando en cuenta los criterios de mejor uso del Sistema de Transporte de Gas; asimismo, se precisa el horario en el cual se pondrá en conocimiento el resultado del sorteo al titular de generación (de 17:00 a 15:30).
- Se modifican los criterios para la exclusión de las pruebas aleatorias de las Unidades de Generación, incluyéndose la exclusión de aquellas que se encuentren indisponibles según el Programa Diario de Operación y las que se encuentren bajo Indisponibilidad Fortuita a causa de instalaciones eléctricas.
- Se modifican las características de las pruebas aleatorias, reduciéndose el periodo a solo 2 horas a plena carga (sin considerarse el tiempo mínimo técnico de operación de la unidad), instante en el cual la prueba culmina y queda operando a su mínimo técnico (de tenerlo) y estando a disposición del COES.
- Se incluye el período de arranque (antes de la sincronización) de la unidad como criterio para considerar la prueba como exitosa, en caso de desconexión de la unidad luego de la prueba por falla producida por otra instalación del SEIN.
Finalmente, la aprobación de otros nuevos Procedimientos Técnicos (cuyo proceso se suspendió por mandato de la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN N° 2-2017-OS/CD) se reanudará y sujetará al siguiente cronograma:

Para mayor información por favor contactar a María Teresa Quiñones (mqa@estudiorodrigo.com).
Esta comunicación ha sido elaborada por el Área de Regulación de Servicios Públicos e Infraestructura