CERRAR

ABOGADOS

BUSCA POR ORDEN ALFABÉTICO

VER TODOS
CERRAR

ÁREAS DE PRÁCTICA

Alerta Regulatoria: Energía – Marzo 2018

Energía
image_pdfimage_print

Mercado Mayorista De Electricidad (“MME”): Se Aprueban Modificaciones Para Afianzar El Desarrollo Del MME

El 20 de marzo de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 005-2018-EM (“Decreto Supremo”), que modifica el Reglamento del MME. Los principales aspectos del Decreto Supremo, vigente desde el día de hoy, se resumen a continuación:

  • Se modifican los artículos 1° (Definiciones), 2° (Participación en el MME), 4° (Condiciones para el Funcionamiento del MME), 8° (Garantías), 9° (Incumplimientos); y 10° (Baja o exclusión de un participante del MME) del Reglamento del MME, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2016-EM (https://www.estudiorodrigo.com/alerta-regulatoria-electricidad-4/).
  • Entre las modificaciones más relevantes se encuentran la referida a no exigir a los Participantes Generadores la presentación de garantías para su participación en el MME, en la medida que se entiende que dichas empresas no tienen incentivos para incumplir sus obligaciones de pago. Asimismo, la norma establece que cuando los Costos Marginales de Corto Plazo no cubran los costos variables de una unidad o central de generación despachada por disposición del COES, se pagará la compensación correspondiente.
  • Otras modificaciones de la norma están referidas a la asignación de retiros en periodos de pruebas antes de la Operación Comercial, retiros sin contrato y retiros no declarados, plazo para el pago de valorizaciones y aplicación de intereses.
  • Finalmente, dentro del plazo de 90 días desde la publicación del Decreto Supremo, el COES presentará a OSINERGMIN –para su aprobación– la actualización de los Procedimientos Técnicos correspondientes. Ello no implica postergar el funcionamiento del MME, ni la vigencia del Decreto Supremo.

Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (VSattler@estudioridrogo.com).