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Alerta Regulatoria Inversión Privada – Enero 2017

Inversión Privada
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Simplificación del acceso a predios de proyectos de inversión priorizados

El 6 de enero de 2017 fue publicado el Decreto Legislativo N° 1333, que tiene como objeto facilitar la ejecución de obras de infraestructura de interés nacional y de gran envergadura, especialmente aquellos declarados de necesidad pública por la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N°30025. En cualquier caso, la priorización debe haber sido efectuada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el titular del sector competente. La norma fue dictada en ejercicio de las facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo en materia de Asociaciones Público Privadas (APP), reactivación económica y expropiación de terrenos para proyectos de saneamiento.

La norma crea, por un periodo de tres años, el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP) como proyecto con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, en el marco de Pro Inversión. Entre sus funciones se encuentran las siguientes: (i) formular y ejecutar programas de acceso a predios; (ii) identificar posibles predios afectados y a título de qué son ocupadas; (iii) rectificar títulos de propiedad otorgados por entidades estatales; y, (iv) administrar los recursos financieros destinados al saneamiento físico legal de predios, entre otros.

La norma otorga al APIP una serie de funciones de saneamiento, otorgándole la facultad de relacionarse con distintas entidades y niveles de gobierno. Además, puede ejecutar programas de reubicación o pago mediante adjudicación de terrenos del Estado, siempre que sea autorizado para ello mediante Resolución Ministerial. EL APIP también se encuentra eximido de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado en cuento a la contratación de servicios.

Finalmente, la norma modifica la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1251, disponiendo que las iniciativas privadas sobre proyectos de APP que, pasados seis meses desde la publicación de dicha norma no hayan sido declaradas de interés (plazo que vence el 1 de mayo de 2017) deberán sujetarse al procedimiento dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1224, sin importar el estado en que se encuentren.

 

Esta comunicación ha sido elaborada por el área de Regulación de Servicios Públicos de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.