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Alerta Regulatoria – Marzo 2023

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OSITRAN aprueba los “Lineamientos Generales a aplicarse en los procedimientos tarifarios bajo la metodología de precios tope o mecanismo RPI-X”

El pasado 12 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución N° 0013-2023-CD-OSITRAN, mediante la cual el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (“OSITRAN”) aprueba los “Lineamientos Generales a aplicarse en los procedimientos tarifarios bajo la metodología de precios tope o mecanismo RPI-X” (“Lineamientos”).

El objetivo principal de los presentes Lineamientos es fijar criterios metodológicos aplicables al cálculo del factor de productividad, en el marco de los procedimientos administrativos de revisión de tarifas máximas, en los cuales se emplea la metodología de precios tope o mecanismo RPI-X.

Sobre el factor de productividad, es preciso señalar que el mismo permite cuantificar el cambio promedio en la productividad o eficiencia que experimenta la empresa durante la prestación de los servicios. Así, una vez determinado el factor de productividad, el regulador fija dicho parámetro para efectos del reajuste tarifario del siguiente periodo regulatorio de la empresa.

Con la emisión de los Lineamientos, el regulador buscar brindar mayor predictibilidad sobre las decisiones regulatorias emitidas por el OSITRAN en el marco de los procedimientos de revisión tarifaria.

Al respecto, corresponde mencionar que, si bien no existe una única metodología para cuantificar el factor de productividad de una industria o empresa regulada, a fin de garantizar la predictibilidad de las decisiones regulatorias, el OSITRAN ha decidido emplear un conjunto estándar de criterios metodológicos de común aplicación a los diferentes tipos de infraestructura bajo su competencia, ello conforme a las características particulares de cada empresa.

Cabe indicar que el uso de los criterios metodológicos contemplados en los Lineamientos por parte de OSITRAN no condiciona ni restringe la aplicación de otros criterios que no se encuentren previstos en el documento. Precisamente, el regulador podrá aplicar otros criterios que no hayan sido establecidos en los Lineamientos, dependiendo de los supuestos específicos y de la disponibilidad de información que se presenten en cada caso concreto.

Por último, es importante mencionar que los Lineamientos son de carácter orientativo y no vinculantes. Así, podrán ser aplicados siempre que no contravengan lo dispuesto en contratos de concesión y en el Reglamento General de Tarifas.

Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (vsattler@estudiorodrigo.com), Alejandro Manayalle (amanayalle@estudiorodrigo.com) y/o Diana Briones (Dbriones@estudiorodrigo.com).