A través del Decreto Legislativo N° 1555, el Poder Ejecutivo dispuso la modificación del artículo 9 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (“Ley”), en lo referente a la constitución de los tribunales administrativos de solución de controversias de dichas entidades.
Específicamente, a través de la modificación, se dispone que los organismos reguladores contarán con tribunales administrativos, los cuales son órganos resolutivos que forman parte de su estructura orgánica. Así, el nuevo artículo 9 de la Ley ya no contempla únicamente la figura del Tribunal de Solución de Controversias, sino que, con la modificación aprobada, se crean los “Tribunales Administrativos”, última instancia administrativa. Dentro de estos tribunales, se encuentra el ya existente Tribunal de Solución de Controversias.
De igual manera, se precisan las siguientes reglas para la conformación de los Tribunales Administrativos:
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