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Alerta Regulatoria – Mayo 2023

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DECRETO DE URGENCIA Nº 011-2023, DECRETO DE URGENCIA QUE APRUEBA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA ANTE EMERGENCIAS POR IMPACTO DE DAÑOS O DESASTRE POR LA OCURRENCIA DE INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES O PELIGROS ASOCIADOS EN EL 2023

El 22 de abril de 2023 se publicó el Decreto de Urgencia N° 011-2023 (“DU 011”), que aprueba medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera ante las emergencias por el impacto de los daños y el peligro inminente por la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales o peligros asociados en el 2023.

El DU 011 se publicó en atención a la necesidad de contar con un marco normativo excepcional y los recursos que garanticen la adopción de medidas urgentes en materia económica y financiera cuya finalidad sea preservar la infraestructura de transportes y asegurar la transitabilidad y seguridad de las vías frente a las emergencias producto de las intensas precipitaciones pluviales.

El ámbito de aplicación de esta norma alcanza a las zonas declaradas en Estado de Emergencia y otras que determine el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (“MTC”).

El DU 011 dispone dos acciones para atender las emergencias: (i) financiamiento extraordinario; e, (ii) intervenciones excepcionales del MTC a través de PROVÍAS NACIONAL y de PROVÍAS DESCENTRALIZADO.

Respecto a la acción (i), los artículos 3º y 4º del DU 011 autorizan al MTC a realizar modificaciones presupuestarias durante el Año Fiscal 2023 hasta por S/ 169 480 947.00, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, hasta los S/ 90 896 121.00, con cargo a sus saldos de libre disponibilidad, para financiar las intervenciones.

Asimismo, en cuanto a la acción (ii), se autoriza al MTC a realizar intervenciones de atención de emergencias viales: (a) a través de PROVÍAS NACIONAL, en las vías departamentales, regionales y vecinales o rurales, en coordinación con la entidad competente; y, (b) a través de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, en la Red Vial Departamental o Regional y/o Vecinal o Rural, a solicitud de los gobiernos regionales y/o locales competentes, previa evaluación técnica, con la finalidad de dar continuidad a la transitabilidad y la seguridad de los usuarios de dichas vías. Estas intervenciones comprenden:

    • Voladuras puntuales.
    • Rellenos.
    • Afirmado.
    • Cortes de material.
    • Eliminación de obstáculos, huaicos y derrumbes.
    • Colocación de dispositivos y/o elementos de seguridad vial necesarios.
    • Otras que sean técnicamente necesarios.

En ese contexto, se autoriza al MTC a suscribir actas de acuerdo con los concesionarios para realizar las intervenciones descritas anteriormente que permitan atender o mitigar los impactos negativos sobre la infraestructura de transporte de uso público concesionada, cuando estas acciones no formen parte de las obligaciones de los concesionarios e incluso cuando deban efectuarse fuera del área de concesión.

Las intervenciones viales se canalizarán mediante la suscripción de actas de acuerdo con los concesionarios, para lo cual no se requerirá cumplir con el procedimiento de modificación contractual regulado en el Decreto Legislativo Nº 1362. Estas actas incluirán los aspectos vinculados al pago y el plazo de las intervenciones, así como los montos correspondientes a los pagos de supervisión.


Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (vsattler@estudiorodrigo.com), Alejandro Manayalle (amanayalle@estudiorodrigo.com) y/o Diana Briones (dbriones@estudiorodrigo.com).