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Alerta Regulatoria: Telecomunicaciones – Enero 2018

Telecomunicaciones
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Aprueban los Cargos de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en las Redes Móviles

El 28 de enero de 2018, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución N° 021-2018-CD/OSIPTEL, que establece los “Cargos de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en Redes de Servicios Públicos Móviles” y modificó el “Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope”, aprobado por Resolución N° 123-2013-CD/OSIPTEL.

A continuación, presentamos las principales novedades de la norma:

  • Se establece un cargo único de interconexión tope por terminación de llamadas ascendiente a US$ 0.0061 que deberán pagar las empresas operadoras que presten los siguientes servicios de telecomunicaciones: (i) telefonía móvil, (ii) servicio de comunicaciones personales (PCS), y (iii) servicio móvil de canales múltiples de selección automática (troncalizado).
  • Las empresas operadoras no podrán aplicar cargos de interconexión tope diferentes para las comunicaciones que terminen o se origen en sus redes, independientemente del origen o destino de éstas, salvo por la aplicación de cargos diferenciados urbano/rural.
  • Los cargos de interconexión tope regulados en contratos o mandatos de interconexión que sean superiores al cargo establecido por la presente norma, deberán adecuarse a éste a partir del 29 de enero de 2018, fecha de entrada en vigencia de la resolución.
  • Se regula el Mecanismo de Actualización Anual del Valor del Cargo de Interconexión Tope (“MAV”), que OSIPTEL activará de oficio siempre que determine que existe un cambio sustancial en el tráfico anual de voz y datos móviles del mercado, que implique una variación de por lo menos el 5% del valor del cargo de interconexión tope resultante del modelo de costos utilizado para su determinación.

Cabe destacar que el MAV se aplicará anualmente a partir del 2018, y el nuevo cargo de interconexión tope resultante de la actualización entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente de su aprobación.

  • Finalmente, respecto a la modificación del Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope, se indique que, en el supuesto en que OSIPTEL establezca un mecanismo de actualización de cargos tope, dicho procedimiento iniciará de oficio con la publicación para comentarios del proyecto normativo que actualice dicho cargo. Vencido el plazo para la presentación de comentarios, el procedimiento continuará conforme a las etapas y reglas regulares, prescindiéndose de la realización de una audiencia pública.

Para mayor información, por favor contactar a María del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com) y/o Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com).

Esta comunicación ha sido elaborada por el Área de Regulación de Servicios Públicos.