El jueves 9 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 002-2023-MTC que aprueba la Norma que establece disposiciones para la prestación del servicio de Roaming Nacional. Su finalidad es permitir la continuidad del servicio público móvil a nivel nacional, con especial interés en los centros poblados de menor población.
La norma es aplicable a todos los operadores de servicios públicos móviles que cuenten con asignación de espectro radioeléctrico, cuando el centro poblado en el que se preste el servicio de Roaming Nacional cumpla las siguientes condiciones:
Hay 2 modalidades bajo las cuales se realiza la prestación del servicio de Roaming Nacional:
Esta norma recoge la aplicación al Roaming Nacional de los principios de libre acceso, bienestar de la sociedad (continuidad en la prestación del servicio) y de igualdad y no discriminación. Asimismo, establece obligaciones y derechos del operador de la red visitada y del operador de la red de origen.
El Capítulo III de la norma regula el procedimiento, contenido mínimo y causales de resolución del Acuerdo y Mandato de Roaming Nacional, así como la inclusión de una cláusula de adecuación de condiciones más favorables y la creación del Registro de Roaming Nacional.
Finalmente, el Capítulo IV regula la fiscalización, supervisión y sanción a cargo del MTC y de OSIPTEL.
Para mayor información, por favor contactar a Maria del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com), Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com).