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Alerta Telecomunicaciones – Septiembre 2024

ALERTAS
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Se presentan propuestas de Ley para la regulación de equipos móviles, referidas al establecimiento de disposiciones para prevenir el uso y reventa de equipos robados, así como la prohibición del cobro de penalidades por la compra de dichos equipos.

Durante el mes de agosto de 2024 se han presentado en el Congreso de la República propuestas de ley en materia de equipos móviles. Específicamente, nos referimos a (i) el Proyecto de Ley N° 8630/2024-CR, presentado el 15 de agosto, mediante el cual se establecen disposiciones que tienen por objeto prevenir el uso y reventa de teléfonos celulares robados; y (ii) el Proyecto de Ley N° 08721/2024-CR, presentado el 27 de agosto, mediante el cual se prohíbe que las empresas operadoras cobren penalidades a los usuarios por la compra de equipos móviles.

A continuación, se detallan las principales disposiciones de los Proyectos de Ley:

  • En relación con el Proyecto de Ley N° 8630/2024-CR, se establece, entre otros aspectos, (a) la creación del Registro Nacional de Dispositivos Móviles Robados, administrado por OSIPTEL, en donde se inscribirán los equipos denunciados como robados; así como (b) reglas sobre el bloqueo de IMEI; de manera que las empresas operadoras no podrán activar o reactivar teléfonos con IMEI que se encuentren en el referido registro y, en el caso de los chips de dispositivos con IMEI reportado, como robado, clonado o invalidado, estos enviarán alertas de intento de uso a la empresa operadora correspondiente.

Es importante notar que el marco legal vigente ya regula un registro orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles, denominado Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG), que dispone el registro de los equipos en una Lista Negra y una Lista Blanca, según corresponda. Este año se implementó la tercera (última) fase del RENTESEG; sin embargo, la medida relativa al bloqueo de equipos importados no registrados en la Lista Blanca (programado para el 22 de julio) quedó suspendida hasta nuevo aviso y luego de que el OSIPTEL y el Ministerio del Interior diseñen una mejor estrategia para su implementación. Por lo tanto, considerando estos antecedentes, resulta relevante que, en caso se apruebe el Proyecto de Ley, se regule la forma en que ambos regímenes convivirán.

  • En relación con el Proyecto de Ley N° 08721/2024-CR, se dispone la incorporación de (i) el artículo 89° en la Ley N° 28737, Ley de Telecomunicaciones, que prohíbe expresamente a las empresas operadoras imponer penalidades o cargos adicionales por la compra de equipos móviles; y (ii) la incorporación del artículo 106.3° en el artículo 106° en la Ley N° 29571, Ley de Protección al Consumidor, a fin de catalogar la imposición de penalidades o cargos adicionales por la compra de equipos móviles como una práctica comercial abusiva, sancionable según la ley.

Esta propuesta legislativa buscaría fomentar la competencia en el mercado de equipos móviles, al eliminar la posibilidad de las empresas operadoras de imponer penalidades y cargos adicionales que, según sostiene la propuesta, han causado una carga económica injustificada que limita a los usuarios en su elección libre de dispositivos y los obliga a aceptar condiciones desfavorables para evitar este perjuicio.

Actualmente, ambos Proyectos de Ley se encuentra en evaluación de la Comisión de Transportes y Comunicaciones.


Para mayor información, por favor, contactar a María del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com), Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com), Luis Fernando Roca (lroca@estudiorodrigo.com) y/o Adriana Chavez (achavez@estudiorodrigo.com).