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Boletín Administrativo – Octubre 2019

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Certificados ITSE – Plazo para solicitar la clasificación de riesgo de los establecimientos vence el 25 de octubre de 2019

– En concordancia con la Ley N° 30619, el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM) estableció que todos los certificados ITSE tendrán una vigencia de dos (2) años contados desde la entrada en vigencia de dicho reglamento (Primera Disposición Complementaria Transitoria).

– Dado que el Reglamento entró en vigencia el 24 de enero de 2018, todos los certificados ITSE emitidos antes de dicha fecha vencerán el 24 de enero de 2020.

– Adicionalmente, el Reglamento ha establecido que, para la adecuación de los certificados ITSE a la nueva norma, los administrados deben solicitar, al Gobierno Local correspondiente, la clasificación del nivel de riesgo según la Matriz de Riesgos, a fin de determinar si es necesario renovar o, en todo caso, gestionar un nuevo certificado ITSE.

– El plazo máximo para solicitar la clasificación es de noventa (90) días calendarios previos al vencimiento del certificado ITSE. Es decir, en los casos en que el certificado venza el 24 de enero de 2020, el plazo para solicitar la clasificación concluirá el 25 de octubre de 2019.

 – Los administrados podrán usar los formatos aprobados en el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J): el Anexo 2 – “Información proporcionada por el solicitante para la determinación del nivel de riesgo del establecimiento objeto de inspección” [Haz click aquí para leer el anexo 2] y el Anexo 3 – “Reporte de nivel de riesgo del establecimiento objeto de inspección” [Haz click aquí para leer el anexo 3]. Ambos anexos deberán ser completados, suscritos y presentados ante la entidad competente, para que se proceda con la clasificación. No obstante, podría darse el caso que los Gobiernos Locales hayan elaborado formularios específicos para este procedimiento de clasificación.

– Los Gobiernos Locales no pueden negarse a realizar la clasificación del nivel de riesgo.

Para mayor información, por favor contactar a Carlos Carpio (ccarpio@estudiorodrigo.com), Hugo Sarria (hsarria@estudiorodrigo.com)  y/o a Soleil Castro (scastro@estudiorodrigo.com).