El 5 de julio de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS No. 02398-2024, que dispuso aprobar la modificación del numeral 3.4 de la Resolución SBS No. 01401-2021, señalando que la recepción de documentos a través de la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones se dará durante las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana.