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ÁREAS DE PRÁCTICA

Boletín Laboral – Diciembre 2019

Laboral

ACTUALIDAD

Nuevas medidas para fortalecer la protección de la seguridad y vida de los trabajadores.- Las principales novedades previstas en el Decreto Supremo N° 044-2019 (“DU”) son las siguientes:

Nuevas normas aplicables al sector agrario.- Las principales modificaciones introducidas por el Decreto de Urgencia N° 043-2019, que entrarán en vigencia el 1 de enero del 2020, son las siguientes:

Nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).- El valor de la UIT durante el año 2019 será de S/ 4,300.00 (cuatro mil trescientos y 00/100 Soles).

JURISPRUDENCIA

El fuero sindical protege a los delegados sindicales durante una asignación territorial temporal.- La Corte Suprema ha sentenciado que un trabajador trasladado provisionalmente a otra localidad, que fue designado como delegado sindical durante dicha asignación, queda protegido por el fuero sindical, por lo que no se le puede retornar a su lugar de origen sin su consentimiento. La protección opera mientras subsista el cargo sindical (Casación Laboral N° 15113-2017 Arequipa).

INSPECCIONES

Nueva versión de Directiva “Derechos de los Ciudadanos en el Sistema de Inspección del Trabajo”.- SUNAFIL difunde los principales derechos de los ciudadanos –denunciantes, trabajadores y empleadores– en el marco del sistema de inspección en el trabajo:

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Nuevas disposiciones sobre capacitaciones en materia de SST e investigación de accidentes mortales y enfermedades ocupacionales.- Los principales cambios introducidos mediante Decreto Supremo N° 020-2019-TR son los siguientes:

Que un trabajador conduzca bajo los efectos del alcohol no exime de responsabilidad a la empresa frente a un accidente mortal.- La SUNAFIL sancionó con más de S/ 100,000.00 a una empresa por no haber adoptado las medidas de prevención necesarias, aplicables a un trabajador que falleció mientras trabajaba conduciendo una moto lineal bajo los efectos del alcohol. A pesar que el informe técnico policial determinó que el trabajador se encontraba bajo los efectos del alcohol, la SUNAFIL consideró que tal situación no exime de responsabilidad administrativa a la empresa, quien debió otorgar las condiciones de seguridad adecuadas al trabajador en función a su labor.

La empresa fue sancionada por no haber identificado y evaluado los riesgos relacionados con la conducción de motocicletas en la vía pública en su matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER). Además, la empresa tampoco contaba con un procedimiento para la conducción de estos vehículos. Finalmente, se determinó que el Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo no se conformó de acuerdo a Ley, pues el Secretario de dicho órgano no era el responsable del área de seguridad y salud en el trabajo según lo exige la norma.