INDECOPI declara ilegal requisito exigido por EsSalud para la validación de certificados médicos.- INDECOPI ha declarado barrera burocrática ilegal que EsSalud exija presentar el expediente de validación de certificados médicos en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de su emisión (Resolución 0011-2025/SEL-Indecopi).
INDECOPI sustentó su decisión indicando que ello constituye un requisito no contemplado en el Reglamento de Reconocimiento y Pago de Prestaciones Económicas, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-TR. Por ende, se estaría imponiendo trabas a los empleadores para recuperar los subsidios pagados. Con esta decisión, INDECOPI ratifica un pronunciamiento previo de primera instancia en ese extremo.
El tiempo destinado a la puesta del uniforme forma parte de la jornada de trabajo.- El Tribunal de Fiscalización Laboral (“TFL”) analiza que, cuando el cambio de ropa de trabajo es una obligación que se deriva del Reglamento Interno de Trabajo, significa que el trabajador ejecuta un mandato de su empleador antes y después del inicio y término de la jornada laboral, por lo que el tiempo destinado al cambio de ropa de trabajo es parte de la jornada de trabajo.
En consecuencia, el TFL establece que no considerar el cambio de uniforme como parte de la jornada de trabajo genera dos infracciones: (i) impedir el registro del horario real de ingreso y salida en el Registro de Control de Asistencia; y, (ii) vulneración a la labor en sobretiempo por forzar el cambio de uniforme en la jornada laboral ordinaria (Resolución N°0055-2025-SUNAFIL/TFL-Primera Sala).
Negligencia del trabajador descartaría la responsabilidad de la empresa en un accidente de trabajo.- Así lo señaló el TFL y dejó sin efecto la imputación contra una empresa por no haber capacitado a una trabajadora que sufrió un accidente (Resolución N° 1197-2024-SUNAFIL/TFL).
La trabajadora (operaria de limpieza) estaba desplazándose por un almacén en el momento en que un montacargas atraviesa una cortina divisoria y le golpea fuertemente la pierna izquierda. La autoridad inicialmente atribuyó a la empresa la falta de formación e información proporcionada a la operaria en temas de seguridad y salud en el trabajo. Sin embargo, dicha imputación fue dejada sin efecto por el TFL al constatar que la trabajadora se encontraba escuchando música con alto volumen a través de sus audífonos, lo que impidió que escuche la bocina del montacargas.
SUNAFIL envía cartas inductivas requiriendo información sobre la implementación de un botiquín de primeros auxilios.- SUNAFIL viene enviando cartas inductivas en materia de seguridad y salud en el trabajo, a efectos de verificar que los empleadores cumplan con tener un botiquín de primeros auxilios, que cumpla con un contenido mínimo y esté en óptimas condiciones. SUNAFIL está otorgando un plazo de 5 días hábiles para responder a dichas cartas.
Recordemos que los empleadores tienen la obligación de contar con un botiquín de primeros auxilios accesible y en óptimas condiciones.