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Boletín Laboral – Junio 2019

Laboral

ACTUALIDAD

Nueva normativa internacional para enfrentar la violencia y acoso en el trabajo.- La Organización Internacional del Trabajo adoptó un nuevo Convenio y una nueva Recomendación. El convenio entrará en vigencia 12 meses después de que dos Estados miembros lo hayan ratificado.

Fiscalización de discriminación salarial.- A partir del 1 de julio del 2019, la SUNAFIL empezará a fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad salarial. Los incumplimientos han sido calificados como infracciones muy graves en materia de relaciones laborales.

JURISPRUDENCIA

El empleador puede sancionar a los trabajadores que acaten una huelga declarada improcedente.- La Corte Suprema ha establecido que es válida la sanción impuesta por el empleador a los trabajadores que acaten una huelga, siempre que esta última haya sido rechazada definitivamente por la autoridad administrativa de trabajo y la medida disciplinaria sea proporcional a la falta cometida (Cas. Lab. N° 21896-2018 AREQUIPA).

El laudo arbitral será nulo si fue emitido fuera del plazo correspondiente, siempre que la parte afectada deje constancia de ello.- La Corte Suprema ha indicado que procederá la causal de nulidad de laudo arbitral económico, por haber sido emitido con posterioridad al plazo pactado, al previsto en el reglamento arbitral aplicable o al establecido por el tribunal arbitral, siempre que la parte afectada lo haya manifestado por escrito de manera inequívoca (Cas. Lab. N° 7920-2017 LIMA).

INSPECCIONES

Los inspectores auxiliares no podrán participar en inspecciones laborales complejas.- La SUNAFIL aprobó nuevos criterios para determinar cuándo una inspección laboral es o no compleja. Conforme a estos criterios, los inspectores auxiliares no podrán investigar materias vinculadas a convenios colectivos, libertad sindical, huelga, hostigamiento sexual, trabajo forzoso, discapacidad, Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros.

Fiscalización a través de medios electrónicos.- A partir de ahora la SUNAFIL podrá requerir a los empleadores la presentación de documentación y otros a través de correo electrónico y otros medios electrónicos como consecuencia de una modificación al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo dada el pasado 24 de junio.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Nuevas obligaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo serán fiscalizables.- La SUNAFIL modificó la directiva que recoge las reglas generales para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo, incorporando más obligaciones a fiscalizar como la capacitación oportuna a los trabajadores a través de personal competente y con experiencia; la evaluación del puesto del trabajador adolescente previo a su incorporación laboral; la realización de auditorías al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo mediante auditores autorizados; entre otros. Hay 32 nuevas obligaciones fiscalizables.