CERRAR

ABOGADOS

BUSCA POR ORDEN ALFABÉTICO

VER TODOS
CERRAR

ÁREAS DE PRÁCTICA

Boletín Laboral – Octubre 2021

Laboral

ACTUALIDAD

Días no laborables en el sector público.- Se declararon como días no laborables en el sector público los siguientes: 11 de octubre, 2 de noviembre, 24, 27 y 31 de diciembre del 2021, y el 3 de enero del 2022. El sector privado podrá otorgar también días no laborables, previo acuerdo que establezca cómo se hará la compensación de horas (aunque, a falta de acuerdo, decidirá el empleador).

Documentos para trabajadores del hogar.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó: (i) los modelos referenciales de contrato de trabajo para trabajadores del hogar; y, (ii) el formato referencial de boleta de pago.

JURISPRUDENCIA

Precisan criterio sobre duración de los contratos por obra o servicio específico.- La Corte Suprema aclaró que el plazo de los contratos de trabajo de obra o servicio específico será el que resulte necesario hasta culminar las actividades que integran su objeto. Por ende, esta modalidad no está sujeta al límite general de cinco años (Casación Laboral Nº 22567-2019-Cajamarca).

Cobro de la indemnización por despido impide reposición laboral.- La Corte Suprema ratificó que si un trabajador cobra la indemnización por despido arbitrario depositada y comunicada por su empleador, ello implica la aceptación de la medida resarcitoria contra su despido. Por ello, si el trabajador no la devuelve de forma inmediata, no tendrá derecho a la reposición laboral (Casación Laboral Nº 10857-2018-Lima Norte).

INSPECCIONES

La reducción de la remuneración adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria debe cumplir con requisitos mínimos.- El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) ha considerado que la reducción de la remuneración permitida por el Decreto Supremo Nº 011-2020-TR debe cumplir con los siguientes requisitos: (i) ser acordada, no impuesta por el empleador, (ii) ser proporcional con las causas que la motivan y, (iii) respetar la Remuneración Mínima Vital (Resolución Nº 419-2021-SUNAFIL/TFL).

No es razonable que los inspectores exijan comparecencias presenciales durante la Emergencia Sanitaria y Nacional.- El TFL ha concluido que, en el contexto actual, los inspectores de trabajo deben privilegiar la salud de las personas y emitir requerimientos virtuales, los cuales producen certeza de las actuaciones inspectivas, no dejan de ser útiles y preservan el cuidado y la salud de las personas (Resolución Nº 423-2021-SUNAFIL/TFL).

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Revocan la imputación contra una empresa por un accidente de tránsito con consecuencias mortales.- El TFL revocó la imputación formulada contra una empresa por supuestos incumplimientos de seguridad y salud en el trabajo que habrían ocasionado un accidente mortal durante el traslado a las labores. 

Inicialmente se sancionó a la empresa por incumplir la matriz de Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control (IPERC) y por la falta de capacitación específica en el puesto de trabajo, por considerar que ambos habrían sido causa del accidente ocurrido en una carretera en la que falleció uno de los tres trabajadores involucrados. Sin embargo, en virtud al informe policial y otros documentos de investigación, quedó acreditado que ninguno de los trabajadores utilizó el cinturón de seguridad y que el chofer superó los límites de velocidad; por tanto, no existía justificación para sancionar dichos incumplimientos bajo los alcances del artículo 28.11 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, que exige una causalidad entre el incumplimiento y el accidente mortal.

Finalmente, en este caso la empresa fue sancionada por una infracción grave por no haber brindado una capacitación específica a los trabajadores afectados, toda vez que el registro no recogía el contenido detallado de las materias de capacitación.

Aprueban norma técnica peruana sobre seguridad y salud ocupacional.- La nueva versión de la NTP 851.003:2014 sobre Seguridad y Salud Ocupacional para la Protección y Prevención de Caídas fue aprobada mediante la Resolución Directoral No. 026-2021-INACAL/DN. La norma actualiza las definiciones y nomenclaturas utilizadas en la versión anterior, adecuándola a los nuevos estándares internacionales.