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Boletín Life Sciences – Agosto 2023

BOLETINES

INTELIGENCIA ARTIFICIAL 

CONSULTA PÚBLICA DE LA AGENCIA EUROPEA DE MEDICAMENTOS (EMA) SOBRE INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA)  

La EMA abre una consulta pública para recibir comentarios hasta el 31 de diciembre respecto al “Documento de Reflexión sobre el uso de la IA en el ciclo de vida del producto medicinal”.  

Este documento busca identificar los principios que deben regir el uso seguro de la IA para procesar datos frente a los riesgos para la información de los pacientes y la integridad de los resultados de estudios clínicos. Asimismo, tiene como objetivo identificar los aspectos de esta materia que deberían ser regulados tanto por la EMA como por las autoridades nacionales competentes de los estados miembro.  

DIGESA 

RESTRICCIÓN DE INGREDIENTES EN LOS PRODUCTOS DE HIGIENE DOMÉSTICA 

Mediante la Resolución No. 2349 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, se ha implementado una restricción con relación al uso de los ingredientes Nonilfenol y Etoxilados de Nonilfenol en productos de higiene doméstica. Esta restricción implica que estas sustancias, ya sea como componentes individuales o en mezclase, sólo podrán estar presentes en las formulaciones de dichos productos a una concentración menor al 0,1%.  

Esta resolución es aplicable a los productos que se encuentren en la lista indicativa del Anexo 1 de la Decisión 706 y que sean fabricados, importados y comercializados en los Países Miembros de Comunidad Andina.  

Consecuentemente, se prohibió la emisión de códigos de Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO), las renovaciones y reconocimientos de estos, para los productos de higiene doméstica que no cumplan con la concentración especificada en la resolución.  

No obstante, se ha establecido un periodo de gracia de 24 meses para los titulares de las NSO de los productos de higiene doméstica que contengan los ingredientes sujetos a restricción. Durante este lapso, podrán llevar a cabo acciones como comercializar, reformular o ajustar sus fórmulas, debiendo presentar modificaciones a las NSO de sus productos ante la autoridad nacional competente. Vencido el plazo no se podrá comercializar el producto de higiene doméstica y deberá ser retirado inmediatamente del mercado.  

SE ELIMINÓ LA EXIGENCIA DE EXÁMENES MÉDICOS PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS 

Mediante Resolución Ministerial No. 811-2023-MINSA se modificó la NTS N° 142-MINSA/2018/DIGESA “Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines”. 

Esta modificación establece lo siguiente: 

  • Eximen al empleador de la responsabilidad de que los manipuladores de alimentos sean sometidos a exámenes médicos vinculados a las enfermedades transmitidas por alimentos. 
  • El empleador debe cautelar permanentemente que los manipuladores de alimentos no sean portadores de enfermedades infectocontagiosas, debiendo contar con evidencia de dicha cautela que será verificada por los inspectores de la autoridad competente. 

INGRESO DE SOLICITUDES POR EL VUCE 

Mediante el Comunicado No. 09-2023-DIGESA/MINSA, se informó que, desde el 11 de octubre de 2023, los siguientes procedimientos de productos de higiene doméstica con acción desinfectante serán tramitados únicamente a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE):  

  • Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO)  
  • Reconocimiento de NSO 
  • Renovación de NSO