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Boletín Mercado de Capitales- Junio 2022

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Normas SMV

Se modifica el Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución SMV N° 035-2018-SMV/01 (“Reglamento de Sanciones”).

Mediante Resolución de Superintendente N° 061-2022-SMV/02, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de junio, la Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) modificó el Reglamento de Sanciones para establecer el régimen sancionatorio vinculado con infracciones a las normas que rigen la actividad de financiamiento participativo financiero (“FPF”).

Las principales modificaciones son las siguientes:

  • Se establece que la Intendencia General de Investigación e Innovación de la SMV tendrá el rol de órgano instructor en los procedimientos sancionadores por infracciones a las normas sobre FPF (“Infracciones FPF”) que se inicien, pudiendo realizar también indagaciones preliminares; y que el Superintendente Adjunto de Investigación, Desarrollo e Innovación de dicha Institución tendrá el rol de órgano sancionador.
  • El Superintendente Adjunto mencionado será instancia única en los procedimientos sancionadores por Infracciones FPF por incumplimiento a las normas sobre oportunidad para la remisión de información periódica o eventual. El Superintendente del Mercado de Valores resuelve en última instancia administrativa en los demás procedimientos sobre Infracciones FPF.
  • Se establecen los casos en los que la subsanación voluntaria de actos u omisiones imputados constitutivos de Infracciones FPF no constituye un eximente de responsabilidad administrativa.
  • Se precisa el tipo de sanciones que se puede imponer por Infracciones FPF, y se establecen las siguientes sanciones adicionales que se puede imponer por dichas infracciones: (i) la suspensión de los servicios adicionales que brindan las sociedades administradoras de plataformas de FPF (“Administradoras”); y, (ii) la revocación de autorización, o cese definitivo, según corresponda, de dichos servicios.
  • Se señala que la SMV también puede aprobar como medidas correctivas en el caso de Infracciones FPF: (i) la desinversión en instrumentos y operaciones financieras que excedan los límites permitidos o que no observen las disposiciones que los regulan; y, (ii) la rectificación, suspensión o cancelación de la información publicitaria que, a juicio de la SMV, se difunde en contravención a lo establecido en la normativa.
  • Se incluye un Anexo XX al Reglamento de Sanciones, con las conductas tipificadas como Infracciones FPF.

Se modifican los artículos 5° y 10° de la Resolución SMV N° 019-2021-SMV/01 y se deroga el artículo 3 de la Resolución de Superintendente N° 003-2022-SMV/02.

Mediante Resolución SMV N° 010-2022-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de junio, la SMV modificó los artículos señalados para introducir cambios a la obligación de los emisores con programas y/o valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (“Emisores”) de presentar la hoja de vida de los directores que designen.

Los cambios se refieren principalmente al contenido mínimo de la hoja de vida, a la oportunidad de presentación de la misma y de las variaciones que pueda sufrir, así como a la forma cómo debe remitirse.

La resolución mencionada también establece un nuevo plazo para la remisión de la hoja de vida de los directores que los Emisores hubieren designado antes de la entrada en vigencia del referido artículo 5 de la Resolución SMV N° 019-2021-SMV/01.

Para mayor información, consulte nuestra Alerta en el siguiente link: https://www.estudiorodrigo.com/alerta-mercado-d…les-junio-2022-2/ 

Proyectos SMV

Se autoriza publicación de proyecto de modificación de las Normas para la integración corporativa de las bolsas de valores e instituciones de compensación y liquidación de valores, aprobadas por Resolución de Superintendente Nº 066-2020-SMV/02.

Mediante Resolución SMV N° 012-2022-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio, la SMV autoriza la difusión, para la recepción de comentarios del público, del proyecto señalado.

Se autoriza publicación de proyecto de modificación del artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores inscritos en Bolsa, aprobadas mediante Resolución CONASEV N° 027-95-EF/94.10.0.

Mediante Resolución SMV N° 011-2022-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio, se autoriza la difusión, para la recepción de comentarios del público, del proyecto mencionado.