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Boletín Mercado de Capitales – Setiembre 2020

Mercado de Capitales

DISPOSICIONES DE INTERÉS GENERAL

Normas SMV

Se modifica el Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión (“Reglamento”), y se aprueba un nuevo modelo de “Bases para el proceso de selección no presencial de la entidad valorizadora responsable de determinar el precio mínimo a ser tomado en cuenta en los procesos de ofertas públicas de compra por exclusión (“OPC”) y ofertas públicas de adquisición (“OPA”)”. Mediante Resolución Nº 009-2020-SMV/01 (publicada el 20 de setiembre de 2020), la Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) modificó el Reglamento principalmente para:

– Ampliar de cuatro a seis meses desde que se genera la obligación de hacer una OPA a que se refiere el artículo 6.a) del Reglamento (“OPA Posterior”), o una OPC, el plazo para llevarla a cabo, siempre que no sea mayor al plazo de cinco días hábiles de rueda de bolsa (Días”) desde la emisión del informe (“Informe”) de la entidad valorizadora (“Valorizadora”), el cual se mantiene.

– Dicha ampliación a seis meses también aplica en caso el obligado opte por llevar a cabo la venta de la participación significativa adquirida en forma indirecta, en sustitución de una OPA Posterior, según lo permite el artículo 55 del Reglamento.

– Se establece un plazo de 10 Días de generada la obligación de hacer la OPA Posterior u OPC para solicitar a la SMV la designación de la entidad valorizadora.

– Se amplía de 30 días calendario a 30 Días el plazo para que la entidad valorizadora emita su Informe, y se permite que dicho plazo se amplíe por una vez.

– Se incluye el concepto de “valor por múltiplos y transacciones comparables” entre los criterios a analizar por la Valorizadora para la emisión de su Informe.

La resolución también aprueba nuevas bases para la selección de la Valorizadora, a fin de permitir que dicha designación se haga a través de un procedimiento no presencial. Estas bases tendrán una vigencia temporal.

Para mayor información, consulte nuestra Alerta en el siguiente link.

Proyectos SMV

 Se autoriza difusión de proyecto de resolución que modifica el Reglamento de Agentes de Intermediación, el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, el Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios y las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, principalmente para permitir la implementación de medios digitales en las operaciones y actividades de las entidades reguladas por dichas normas. Mediante Resolución de Superintendente Nº 089-2020-SMV/02 (publicada el 16 de setiembre de 2020), la SMV publicó el proyecto en mención para recepción de comentarios del público.

Para mayor información, consulte nuestra Alerta en el siguiente link.