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Boletín Mercado de Capitales y Financiero – Febrero 2024

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Normas SBS 

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (“SBS”) aprueba la Norma del Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, supervisadas en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (“Norma”). Mediante Resolución SBS Nº 650-2024, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 26 de febrero del presente año, dicha entidad aprobó la Norma, que sustituye a la aprobada por Resolución SBS Nº 6338-2012. 

Entre los principales cambios introducidos por la Norma se encuentran los siguientes: 

  • Se precisa que la Norma aplica a personas jurídicas constituidas en Perú, o a sucursales establecidas e inscritas en Perú de las personas jurídicas constituidas y con domicilio en el extranjero. 
  • Se precisa que la definición de “casa de cambio” y, por tanto, la actividad de cambio de divisas, no aplica respecto a criptoactivos o criptomonedas, por lo que la Norma no aplicaría a quienes realicen actividades respecto a criptoactivos o criptomonedas. 
  • La inscripción en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, en el cual se inscriben las casas de cambio y/o las empresas de préstamos y/o empeño, es ahora de vigencia indeterminada. 
  • Se establecen nuevos supuestos de cancelación de la inscripción en dicho registro, entre ellos, publicitar actividades usando el logo de la SBS o señalar que cuentan con la autorización, licencia, respaldo, aval o similar de la SBS. 
  • Las facultades de la SBS en caso de la ocurrencia de alguno de los supuestos de cancelación de la inscripción, o de  falta de cumplimiento de la obligación de inscripción, incluyen, además de disponer el cierre del local, la de solicitar, en el caso de casas de cambio y empresas de préstamos y/o empeño que operan de manera electrónica, según corresponda, al proveedor o a la autoridad competente, el bloqueo del medio electrónico a través del cual desarrollan sus actividades. 

La SBS modifica el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, aprobado por Resolución SBS N° 6328-2009 y el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, aprobado por Resolución SBS N° 2115-2009. Mediante Resolución SBS Nº 525-2024, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 12 de febrero de 2024, la SBS aprobó la modificación de los reglamentos señalados, para establecer nuevos plazos de adecuación a los factores de ajuste aplicables a los activos ponderados por riesgo de mercado y a los activos ponderados por riesgo operacional, con el fin que estos guarden concordancia con el nuevo plazo de adecuación aplicable a los requerimientos mínimos de solvencia dispuestos en el artículo 199 de la Ley General, establecido por la Resolución SBS N° 274-2024. 

La SBS modifica el Reglamento de requerimientos patrimoniales de las empresas de seguros y reaseguros, aprobado por Resolución SBS N° 1124-2006 (“Reglamento de Requerimientos Patrimoniales”), el Plan de Cuentas para empresas del Sistema Asegurador, aprobado por Resolución SBS N° 348-95 (“Plan de Cuentas”), entre otras disposiciones. Mediante Resolución SBS Nº 397-2024, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 5 de febrero de 2024, la SBS aprobó la modificación de las normas mencionadas, principalmente en lo siguiente: 

  • El Reglamento de Requerimientos Patrimoniales se modificó para dejar sin efecto el cambio de la metodología de cálculo, en base a siniestros, del margen de solvencia de los seguros de vida en grupo, prevista en la Resolución SBS N° 1761-2021, con el fin de atenuar el impacto de la sobremortalidad causada por la pandemia por el COVID -19 en las empresas de seguros y/o reaseguros. Asimismo, se hicieron precisiones respecto al cálculo del endeudamiento por parte de las mencionadas empresas.   
  • Se modifica el Anexo N° ES-33, que permite recabar información, a mayor detalle, correspondiente a las retribuciones entregadas a los corredores, promotores, bancaseguros y comercializadores de seguros, para precisar el tipo de retribuciones que deben ser informadas, y se modifica el Plan de Cuentas con la finalidad de incorporar precisiones en concordancia con la modificación del Anexo ES-33.  

Proyectos SBS 

SBS autoriza publicación de proyecto de Resolución que aprueba modificaciones al Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito aprobado por Resolución SBS N° 6523-2013, el Reglamento para la Gestión de Seguridad de la Información y la Ciberseguridad aprobado por Resolución SBS N° 504-2021, el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero aprobado por Resolución SBS N° 3274-2017 y el Reglamento de Gestión de Reclamos y Requerimientos aprobado por Resolución SBS N° 4036-2022. Mediante aviso de fecha 15 de febrero de 2024, la SBS autorizó la difusión, para la recepción de comentarios del público, del proyecto señalado.  

SBS autoriza publicación de proyecto que aprueba un nuevo Reglamento de Gestión de Riesgo Cambiario Crediticio. Mediante aviso de fecha 19 de febrero de 2024, la SBS autorizó la difusión, para la recepción de comentarios del público, del proyecto indicado.  

SBS autoriza publicación de proyecto de modificación del Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador, aprobado por la Resolución SBS N° 348-95 y el Reglamento de Auditoría Externa, aprobado mediante Resolución SBS N° 17026-2010. Mediante aviso de fecha 19 de febrero de 2024, la SBS autorizó la difusión, para la recepción de comentarios del público, del proyecto en mención.