BOLETINES
Normas SMV
Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) modifica Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución Conasev No. 021-99-EF/94.10 (“Reglamento de Operaciones”) y disposiciones complementarias al mismo. Mediante Resolución SMV No. 011-2025-SMV/01, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de julio de 2025, la SMV aprobó la modificación del Reglamento de Operaciones. Las modificaciones vinculadas con la integración de los mercados bursátiles de Chile, Colombia y Perú; y la migración a la nueva plataforma de negociación Nasdaq, siendo las principales disposiciones las siguientes:
- Se modifica la sección de definiciones del Reglamento de Operaciones, para incluir términos como “Formador de Mercados”, “Dual Listing”, “Mercado Local”, “Mercado Global” y “Promotor de Liquidez Designado”, a los cuales se refieren las modificaciones;
- Se dispone que la moneda de negociación será el sol, el dólar de los Estados Unidos de América u otra que autorice el Directorio de la bolsa;
- Se precisan los libros de propuestas que aplican exclusivamente a instrumentos de deuda;
- Se redefinen los segmentos del mercado para la negociación, pasando de la división en los segmentos de valores de “alta liquidez”, “baja liquidez” y “extranjeros”, a la de los segmentos “continuo”, “subasta” y “global”;
- Asimismo, se modifican los conceptos y regulaciones de las fases de negociación del ciclo diario de negociación, para las operaciones al contado, tales como los de “Subasta Intermedia”, “Subasta de Cierre”, “Negociación Regular”, “Negociación a Precio de Cierre” y “Post Cierre”;
- Se eliminan las fases de “Suspensión y Cierre (Halt and Close)” y “Pausa” de las fases sin horario fijo para las operaciones al contado;
- Se modifica la regulación de la cotización de los valores negociados y del concepto de cotización de cierre, así como del margen de mercado;
- Se sustituye el concepto de negociación en rueda de bolsa de valores extranjeros por el de negociación en rueda de valores del segmento global, modificándose la regulación al respecto;
- Se regulan las actividades del Promotor de Liquidez Designado, que es aquél que promueve la liquidez de un grupo de valores, en forma similar a la del Formador de Mercados.