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Boletín Pesquero – Enero 2021

Pesquero

VEDAS Y AUTORIZACIONES

I. Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca en zona del litoral

Mediante Resolución Ministerial Nº 00011-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 09 de enero de 2021, se suspenden las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del 10 de enero de 2021, por un período de siete (7) días calendario en el área comprendida entre 09º00´LS y 10º00´LS desde las 20 hasta las 60 millas náuticas (mn) de la costa. La suspensión establecida en la presente norma es de aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras que operan en el marco de la Resolución Ministerial N° 383-2020-PRODUCE.

II. Establecen límites de captura de los recursos Jurel y Caballa para el período 2021 y dictan disposiciones

Mediante Resolución Ministerial Nº 00016-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 20 de enero de 2021, se establece el límite de captura del recurso Jurel (Trachurus murphyi) para el período 2021, en sesenta y cinco mil cuatrocientos diez (65,410) toneladas así como del recurso Caballa (Scomber japonicus peruanus) en sesenta y ocho mil ochenta y uno (68,081) toneladas. Ambos aplicables a las actividades extractivas efectuadas a través de embarcaciones de mayor escala.

III. Modifican la R.M. N° 00189-2020-PRODUCE, mediante la cual se autorizó la extracción del recurso erizo rojo en área comprendida en San Juan de Marcona, Región Ica

Mediante Resolución Ministerial Nº 00018-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 21 de enero de 2021, se modifican los artículos 1 y 6 e incorporar los literales e) y f) al artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 00189-2020-PRODUCE, el cual queda redactado con el siguiente texto:

 “Artículo 1.- AUTORIZACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DEL RECURSO ERIZO ROJO (Loxechinus albus) Autorizar la extracción del recurso erizo rojo (Loxechinus albus) en el área marítima comprendida entre los 14.9541°S, 75.5084°W y los 15.4583°S, 75.0238°W, a partir del 01 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021. (…)

 Artículo 4.- ACTIVIDAD EXTRACTIVA (…)

e) La extracción del recurso erizo rojo (Loxechinus albus), no debe exceder de 0,3 t/viaje-embarcación. f) Las operaciones de pesca se realizan fuera de las zonas prohibidas y de reserva, en virtud de las disposiciones legales vigentes. (…)

Artículo 6.- PUNTO DE DESEMBARQUE Los pescadores artesanales (embarcados y no embarcados) que realicen actividad extractiva del recurso erizo rojo (Loxechinus albus) en el área marítima comprendida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben realizar el desembarque del recurso extraído, en el Desembarcadero Pesquero Artesanal Diomedes Vente López y en el Desembarcadero Pesquero Artesanal de Lomas, presentando al momento del desembarque el Formato de registro por cada viaje u operación de pesca para el recurso erizo.”

IV. Dan por concluida la Segunda Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta y anchoveta blanca, correspondiente a la Zona Norte-Centro

Mediante Resolución Ministerial Nº 000025-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de enero de 2021, se da por por concluida la Segunda Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), correspondiente a la Zona Norte-Centro, en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’LS, a partir de las 00:00 horas del día 25 de enero del 2020.

NORMATIVA GENERAL

I. Aprueban el “Procedimiento de muestreo biométrico del recurso anchoveta y anchoveta blanca a bordo de embarcaciones pesqueras”

Mediante Resolución Ministerial Nº 00456-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 08 de enero de 2021, se aprueba el “Procedimiento de muestreo biométrico del recurso anchoveta y anchoveta blanca a bordo de embarcaciones pesqueras”, el cual se encuentra como Anexo en la presente Resolución Ministerial.

II. Modifican la R.M. N° 00016-2021-PRODUCE, que establece límites de captura de los recursos Jurel y Caballa para el período 2021

Mediante Resolución Ministerial Nº 00027-2021-PRODUCE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de enero de 2021, se modifican los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 de Resolución Ministerial N° 00016-2021-PRODUCE, en los siguientes términos:

“2.1 El Ministerio de la Producción suspende las actividades extractivas de los recursos Jurel (Trachurus murphyi) y Caballa (Scomber japonicus peruanus), por razones ambientales, oceanográficas o biológicas, previo informe del Instituto del Mar del Perú – IMARPE.

2.2 El Ministerio de la Producción da por concluidas las actividades extractivas de los recursos Jurel (Trachurus murphyi) y Caballa (Scomber japonicus peruanus) una vez que se alcance o se estime alcanzar los límites de captura establecidos en los numerales 1.1 y 1.3 el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial o cuando el Instituto del Mar del Perú – IMARPE lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas, o en su defecto, su ejecución no debe exceder del 31 de diciembre de 2021.”

III. Aprueban el “Procedimiento Técnico Sanitario para la importación de recursos hidrobiológicos”

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 004-2021-SANIPES/PE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 26 de enero de 2021, se aprueba el “Procedimiento Técnico Sanitario para la importación de recursos hidrobiológicos”, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

IV. Aprueban Formulario Único para procedimiento del TUPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y los modelos estándar del Manual de Higiene y Saneamiento y del Manual de Buenas Prácticas de Manipulación y Preservación a Bordo

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 007-2021-SANIPES/PE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de enero de 2021,se aprueba el Formulario Único para el procedimiento TUPA Nº 23 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2015-PRODUCE, a fin que los administrados hagan uso del mismo en las solicitudes referidas a la habilitación sanitaria de embarcaciones pesqueras artesanales y/o moluscos bivalvos.

 NOMBRAMIENTOS

I. Designan Asesor II de la Jefatura del FONDEPES

Mediante Resolución Jefatural Nº 001-2021-FONDEPES/J publicada en el diario oficial “El Peruano” el 05 de enero de 2021, se designa al señor Luis Alberto Salazar Salazar en el cargo de Asesor II de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

II. Designan Coordinadora de Comunicación de la Jefatura del FONDEPES

Mediante Resolución Jefatural Nº 002-2021-FONDEPES/J publicada en el diario oficial “El Peruano” el 05 de enero de 2021, se designa  a la señora Angela Josset Huatay Benites en el cargo de Coordinadora de Comunicación de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

III. Designan Asesora I de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

Mediante Resolución Jefatural Nº 003-2021-FONDEPES/J publicada en el diario oficial “El Peruano” el 06 de enero de 2021, se designa a la señora María Teresa Ramírez – Otárola Sarmiento en el cargo de Asesora I de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

IV.Designan Asesor I de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

Mediante Resolución Jefatural Nº 004-2021-FONDEPES/J publicada en el diario oficial “El Peruano” el 07 de enero de 2021, se designa al señor señor Miguel Eliseo Kuzma Alfaro en el cargo de Asesor I de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

V. Delegan en la Gerencia General las facultades de aprobación y formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del FONDEPES durante el Año Fiscal 2021

Mediante Resolución Jefatural Nº 005-2021-FONDEPES/J publicada en el diario oficial “El Peruano” el 09 de enero de 2021, se delega en la Gerencia General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, durante el Año Fiscal 2021, las facultades de aprobación y formalización de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.