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El Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT) | Daniela Supo

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El Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT)

Nuestra asociada especialista en Propiedad IntelectualDaniela Supo, nos comenta consideraciones generales en relación al Tratado de Cooperación en materia de Patentes, conocido generalmente como PCT (Patent Cooperation Treaty).

“Es importante tener presente que el PCT es un sistema de “presentación” de solicitudes de patente y no un sistema de “concesión” de patentes.”


El Tratado de Cooperación en materia de patentes (comúnmente conocido como PCT por sus siglas en inglés) es un tratado internacional que contempla un sistema de presentación de solicitudes a nivel internacional en más de 155 países miembros, a través de la presentación de una única solicitud internacional. En otras palabras, a través del PCT es posible solicitar la protección de una invención por patente mediante la presentación de una única solicitud “internacional” en un gran número de países, sin necesidad de presentar por separado cada solicitud.

Sin embargo, es importante tener presente que el PCT es un sistema de “presentación” de solicitudes de patente y no un sistema de “concesión” de patentes. La concesión de patentes es competencia de las Oficinas nacionales de cada país en los que se quiera la protección. Ello se producirá durante lo que se denomina la “fase nacional”. Así, el PCT cuenta de dos fases principales que contienen las siguientes etapas:

I. Fase Internacional:

  • Presentación de la solicitud internacional ante la Oficina nacional/regional de patentes competente; o, ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).
  • Búsqueda internacional: Una ISA[1] identifica los documentos publicados y la bibliografía técnica que puedan afectar la patentabilidad de la invención, y emite una opinión sobre la posibilidad de patentar dicha invención.
  • Publicación internacional: El contenido de la solicitud internacional se divulga públicamente apenas vencido el plazo de 18 meses contados desde la fecha de presentación de la primera solicitud.
  • Búsqueda internacional suplementaria (facultativa) 
  • El examen preliminar internacional (facultativa)

La fase internacional le sirve al solicitante a decidir si la patente es viable y le otorga tiempo para determinar en qué países efectivamente va a querer la protección, con el fin de entrar a la fase nacional.

II. Fase Nacional: Finalizada la fase internacional, se debe continuar el procedimiento ante las oficinas de patentes nacionales de los países que se haya elegido para proteger la invención. El procedimiento se regirá por las normas de cada país elegido. Al respecto, en Perú, corresponderá entrar a la fase nacional ante la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías del INDECOPI (DIN) y la normativa aplicable corresponde a la Decisión 486 de la Comunidad Andina, así como el Decreto Legislativo 1075. En Perú, la entrada a fase nacional deberá de producirse antes que finalice el trigésimo mes contado desde la fecha de prioridad. Si el solicitante no presenta la solicitud de entrada a fase nacional dentro de dicho plazo, se considera que ha sido retirada, es decir, pierde los derechos derivados de la solicitud internacional.


[1]     La ISA es una Autoridad de Búsqueda Internacional encargada de identificar los documentos públicos y bibliografía técnica relativos a una invención que pueden afectar la patentabilidad de la misma.