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Resolución N° 230-2023-OS/CD

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Resolución N° 230-2023-OS/CD que aprueba el Procedimiento para la Fiscalización de los Transformadores de Reserva de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión

El 23 de diciembre de 2023 se publicó la Resolución N° 230-2023-OS/CD que aprueba el Procedimiento para la Fiscalización de los Transformadores de Reserva de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión (“Procedimiento”).

El Procedimiento dispone la obligación de los titulares eléctricos de realizar las acciones necesarias para la recuperación, reparación o sustitución del Transformador que se encuentre Indisponible por desconexión forzada, con el fin de minimizar el riesgo en la continuidad del servicio eléctrico.

De manera particular, se regula principalmente:

  • El ámbito de aplicación, según el cual el Procedimiento rige a los agentes con instalaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) remuneradas por la demanda cuyas tensiones sean iguales o mayores de 30 kV (los “Titulares”), y excluye a los agentes comprendidos en contratos de concesión del SCT y en concesiones otorgadas bajo las normas que regulan la concesión de obras y servicios públicos;
  • El proceso de fiscalización;
  • La puesta en servicio del transformador recuperado; y,
  • El régimen sancionador.

Entre las disposiciones complementarias transitorias, el Procedimiento establece que los Titulares deben:

  1. Presentar a Osinergmin un reporte del estado de sus transformadores en proceso de recuperación e informar el cronograma de recuperación y la ubicación (subestación) de sus transformadores de reserva disponibles, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la vigencia del Procedimiento.
  2. Presentar a Osinergmin el último reporte de prueba con una antigüedad no mayor a un año de todos sus transformadores y la relación de transformadores con más de 10 años de antigüedad desde su fecha de Puesta en Servicio, dentro de los 180 días calendario siguientes a la vigencia del Procedimiento.

Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (vsattler@estudiorodrigo.com), Alejandro Manayalle (amanayalle@estudiorodrigo.com) y/o  Margarett Matos (mmatos@estudiorodrigo.com).