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Norma sobre la supervisión de los indicadores de calidad

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Norma sobre la supervisión de los indicadores de calidad (08.07.2023) 

El 8 de julio de 2023 se publicó la Resolución N° 00192-2023-CD/OSIPTEL que aprueba la Norma que establece los Procedimientos de Supervisión de los indicadores de calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones (la “Norma”), y modifica los numerales 5.1º y 5.2º del Reglamento General de Calidad de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución N° 123-2014-CD/OSIPTEL. 

La Norma establece los procedimientos para la supervisión de los siguientes indicadores de calidad:  

  1. Disponibilidad de Servicio (DS) 
  2. Cumplimiento de Velocidad Mínima (CVM) 
  3. Velocidad promedio (VP) 
  4. Latencia (L) 
  5. Variación de la Latencia (VL) 
  6. Tasa de Pérdida de Paquetes (TPP) 
  7. Tasa de Ocupación de Enlaces (TOE) 
  8. Tiempo de Entrega de Mensajes de Texto (TEMT) 
  9. Calidad de la Voz (CV) 
  10. Tasa de Intentos no Establecidos (TINE) 
  11. Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI) 
  12. Tasa de Incidencia de Fallas (TIF) 
  13. Respuesta de operadora (RO) 
  14. Tasa de Reparaciones (TR) 
  15. Tasa de Llamadas Completadas (TLLC) 
  16. Tasa de transferencia de Datos (TTD) 

A su vez, la Norma establece un Protocolo de Medición Especial para el servicio de internet fijo durante situaciones de emergencia nacional. 

Las supervisiones a los Indicadores de Calidad que realice el OSIPTEL hasta el 31 de diciembre de 2023 se rigen bajo los criterios y lineamientos establecidos en los instructivos aprobados mediante las Resoluciones 031-2021-GG/OSIPTEL y 034-2021-GG/OSIPTEL, conforme a la Norma y la Resolución N° 00192-2023-CD/OSIPTEL


Para mayor información, por favor, contactar a María del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com) y/o Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com).