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Alerta Ambiental – Noviembre 2019

Ambiental
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Modificaciones al Reglamento del reporte de emergencias ambientales de las actividades bajo el ámbito de competencia de OEFA

Mediante Resolución de Consejo Directivo No. 028-2019-OEFA/CD, publicada ayer 28 de noviembre de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se modificó el Reglamento del reporte de emergencias ambientales de las actividades bajo el ámbito de competencia de OEFA, el cual fue aprobado en 2013 por Resolución de Consejo Directivo No. 018-2013-OEFA/CD.

Entre las modificaciones más resaltantes se encuentra la reducción del plazo con el que se cuenta para informar a OEFA la ocurrencia de una emergencia ambiental y presentar el reporte preliminar correspondiente. El referido plazo ha sido reducido de 24 horas a sólo 12 horas desde la ocurrencia de la emergencia ambiental. El plazo de 10 días hábiles para presentar el reporte final se mantiene.

Asimismo, mediante esta norma se aprueba nuevos formatos para los citados reportes preliminar y final (Anexo I y Anexo II, respectivamente).

Cabe recordar que la Resolución de Consejo Directivo No. 018-2013-OEFA/CD define a la emergencia ambiental como el “evento súbito o imprevisible generado por causas naturales, humanas o tecnológicas que incidan en la actividad del administrado y que generen o puedan generar deterioro al ambiente”, y cita como supuestos de emergencia ambiental que deben ser reportados a los incendios, explosiones, inundaciones, derrames de hidrocarburos y vertimientos de relaves, de sustancias tóxicas o peligrosas y de aguas de producción o residuales.