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Alerta Financiera – Marzo 2020

Financiero
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SBS  atenúa requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito y faculta uso de patrimonio efectivo adicional por componente de ciclo económico para las empresas del sistema financiero

En el marco del Estado de Emergencia y demás medidas restrictivas adoptadas por el Gobierno para contener la propagación del COVID-19, la SBS emitió los Oficios Múltiples No. 10997-2020-SBS, 11150-2020-SBS y 11170-2020-SBS (“Oficios Múltiples”) a través de los cuales facultó a las empresas del sistema financiero (“EFS”) a realizar modificaciones a los contratos de crédito de aquellos deudores afectados por la mencionada situación, sin que dicha modificación constituya una refinanciación y siempre que se cumpla con lo señalado en los referidos oficios.

Teniendo en cuenta que tales modificaciones contractuales podrían generar un incremento en el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito según la metodología prevista en el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito aprobado mediante Resolución SBS N° 14354-2009 (“Reglamento de PERC”), la SBS ha emitido la Resolución SBS No. 1264-2020 mediante la cual dispone que:

  1.  La ampliación del plazo de los créditos de consumo no revolventes en el marco de los Oficios Múltiples y otras disposiciones referidas a la reprogramación de créditos en el marco del Estado de Emergencia, no incrementa el factor de ponderación a que hace referencia el artículo 20 del Reglamento de PERC correspondiente a dichos créditos al 29 de febrero de 2020.
  2.  La ampliación del plazo de los créditos hipotecarios para vivienda en el marco de los Oficios Múltiples y otras disposiciones referidas a la reprogramación de créditos en el marco del Estado de Emergencia, no incrementa el factor de ponderación a que hace referencia el artículo 21 del Reglamento de PERC correspondiente a dichos créditos al 29 de febrero de 2020.

Asimismo, con el propósito de que las EFS puedan afrontar las pérdidas no esperadas producto de las reprogramaciones de créditos realizadas y de la situación de emergencia actual, mediante la Resolución SBS No. 1264-2020 la SBS también las faculta a disponer del patrimonio efectivo adicional que tengan acumulado al 28 de marzo de 2020, por el componente de ciclo económico contemplado en el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional aprobado mediante Resolución SBS N° 8425-2011, según ha sido modificado.